REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 2° del Circuito judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Modificarle al acusado CARLOS ENRIQUE MUÑOZ, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 14.839.153 , la Medida impuesta conforme a lo establecido en el ordinal 8° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, y en su lugar se le impone CAUCION JURATORIA, de conformidad con el artículo 259 ejusdem manteniéndosele las medidas Cautelares Sustitutiva de Libertad, previstas en los ordinales 3°,4° y 6°, del referido artículo 256 de la Ley adjetiva Penal.
Regístrese, déjese copia, notifíquese a las partes. Líbrese Boleta de Excarcelación. CUMPLASE.
LA JUEZ
DRA. NELIDA ACOSTA DE RINCON
LA SECRETARIA
MARIA ISABEL SUEIRO
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA
MARIA ISABEL SUEIRO