REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara con Lugar la solicitud interpuesta por el Acusado GARCIA ANGEL ROBERT ALFONSO, Titular de la cédula de Identidad N° V- 12.916.292.
SEGUNDO: Sustituye la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, decretada en fecha 26-02-1999 al acusado GARCIA ANGEL ROBERT ALFONSO, Titular de la cédula de Identidad N° V- 12.916.292, por una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad prevista en el artículo 256 ordinales 3°, 4° 5° y 6°, en relación con el artículo 259 del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales consisten: 1- Presentación cada ocho (08) días por la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito y Sede, hasta la culminación de este Proceso; 2- Prohibición de salir sin autorización del País- La Prohibición de Comunicarse con los familiares de la Victima, 4) Prohibición de concurrir al lugar de los hechos. Notifíquese a las partes y Librese la correspondiente boleta de Excarcelación, de igual forma Ofíciese a la Oficina del Alguacilazgo a los fines de informarle que el referido Acusado deberá comparecer por ante este Tribunal el día 07-01-2004.
Publíquese, diarícese, notifíquese a las partes.
El Juez

NELIDA ACOSTA DE RINCON

LA SECRETARIA

MARIA ISABEL SUEIRO




En esta misma fecha se dió cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA

MARIA ISABEL SUEIRO