REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN VALLES DE TUY
De lo ante expuesto, éste Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dicta el siguiente pronunciamiento:
Acuerda conmutar la pena en Confinamiento el resto de la pena que le falta por cumplir a la ciudadana: CARMEN DIOCETTY BERNAL PEREZ , venezolano, natural de Santa Teresa del Tuy- Estado Miranda, soltera, de profesión u oficio obrera, titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.834.276, es decir, CINCO ( 05) MESES, VEINTIOCHO (28) DIAS con el aumento de la tercera parte que es, UN (01) MES VEINTE (20) DIAS, por lo que la pena que deberá cumplir será
SIETE (07) MESES, OCHO (08) DIAS, dicha medida de confinamiento será cumplido por el prenombrada ciudadana, en: ALTAGRACIA DE ORITUCO ESTADO GUARICO, URBANIZACION TORRE ALBA, CAMORUCO VEREDA 9, CASA N° 3 CASA DEL SR. PASCUAL RUIZ todo de conformidad a lo establecido en el articulo 53 del Código Penal en relación con el articulo 479 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme a lo previsto en el artículo 20 del Código Penal deberá presentarse en la Prefectura Civil de dicho Municipio, la frecuencia que el Jefe Civil indique, lo cual no podrá ser mas de una vez por día, ni menos por una semana, y asimismo el deber de informar periódicamente a este Tribunal.
El Confinamiento finalizara el 08 DE JUNIO DEL 2004
Este tribunal observa que de conformidad a los establecido en el artículo 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación con el articulo 19 del Código Orgánico Procesal Penal, desaplica el artículo 265 ejusdem y en consecuencia no a lugar a la condenatoria de costa procesal.
Regístrese y diarícese la presente decisión. Líbrese oficio dirigido a la Directora del Anexo Femenino de la Penitenciaria General de Venezuela , remitiéndole anexo orden de Pre-Libertad a nombre del Penada CARMEN DIOCETTY PEREZ BERNAL y copia de la presente decisión. Líbrese oficio dirigido al ciudadano de Sanciones Penales del Ministerio del Interior y Justicia, remitiéndole anexo copia de la presente decisión. Líbrese notificación al Representante del Ministerio Público y remítase copia de la presente decisión. Notifíquese a la defensa, líbrese oficio dirigido a la Prefectura de la localidad donde cumplirá el Confinamiento el penado a los fines de la vigilancia, supervisión y cumplimiento de la presente decisión. Cúmplase.
EL JUEZ
VICTOR JOSE BUENO
Juez Primero de Ejecución
EL SECRETARIO,
ABG. JOSE MORENO