REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA DEL CIUDADANO JUAN ENRIQUE GUEVARA PEREZ, de nacionalidad venezolana, natural de Ocumare del Tuy, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, residenciado en Chaparral, cerca de la manga de Coleo que está al frente, Calle Principal, Casa sin Número, Ocumare del Tuy, Estado Miranda, titular de la Cédula de Identidad Número 14.154.469 POR EXTINCIÓN DE LA PENA EN VIRTUD DEL CUMPLIMIENTO DE LA TOTALIDAD DE LA CONDENA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 105 del Código Penal y el 44 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Igualmente se exonera de las costas procesales, conforme a la estipulación contenida en los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Notifíquese al Fiscal Décimo Séptimo del Ministerio Público del Estado Miranda con Competencia a Nivel Nacional en Materia de Ejecución, a la Defensa Pública, al Presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Dirección de Prisiones del Ministerio del Interior y Justicia, Oficina de Sanciones Penales y líbrese Boleta de citación al penado GUEVARA PEREZ JUAN ENRIQUE a los fines de que el mismo sea impuesto de la presente decisión.
Líbrese Boletas de notificaciones y oficios correspondientes.
LA JUEZ SEGUNDA DE EJCUCION,
ADALGIZA T. MARCANO H.
La Secretaria,
Abg. NAIR RIOS CH