C.C Nº 165-2003.-
En el día de hoy veintiocho (28) de enero del 2003, siendo las diez y quince minutos de la mañana (10:15 a.m.), se trasladó y constituyó el Tribunal en la siguiente dirección: Dependencia u oficina, ubicada en el ala izquierda de la entrada del inmueble, el cual esta en la Avenida N° 5 ó Avenida “Andrés Eloy Blanco”, frente a la Plaza Los Leones, en el cual funciona el Colegio “Nuestra Señora del Carmen”, Higuerote , Municipio Autónomo Brión del Estado Miranda, en compañía del Dr. Enrique Herrera Silla, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.103.211, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.390, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora. Se designa como Depositaría Judicial a la firma F.M. C.A., en la persona de su Representante Legal ciudadano Víctor Navarro y como Perito Avaluador al ciudadano Carlos Marquina, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-6.732.307 y 4.487.670, respectivamente, quienes estando presentes aceptaron sus cargos y prestaron el juramento de ley, igualmente se encuentran presentes los Funcionarios Policiales Perry Geluiz N° de Placa 01817 y Luis Abreu N° de Placa 01750, a los fines de practicar Medida de Entrega Material decretada por el Juzgado de los Municipios Brión y Eulalia Buroz de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, sobre un bien inmueble constituido por una dependencia u oficina, ubicada en la dirección antes señalada. Una vez constituido el Tribunal a las puertas del inmueble objeto de la presente medida, fue recibido por el ciudadano Carlos Eulogio Mosquera Castellanos, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.143.594, quién manifestó ser el Secretario del señor Daniel Foncythe y a su decir es el Presidente y dueño de la Urbanización Mondragón, a quien se le impuso la misión del Tribunal, igualmente manifestó que procedería a retirar los bienes muebles que se encuentran en el interior del inmueble objeto de la presente medida, bajo su propia cuenta y riesgo, trasladándolos a la Finca Hacienda Mondragón por instrucciones expresas del señor Daniel Foncythe, con quien se comunico telefónicamente y quién para el momento estaba autorizado para tomar tal decisión, igualmente hace entrega de las llaves correspondientes a la puerta principal y de las diferentes habitaciones que se encontraban ocupadas. En este estado el Tribunal procede a realizar nuevamente el recorrido total del inmueble, dejando constancia que el mismo se encuentra libre de bienes y personas. En este estado el Tribunal procede a nombrar cerrajero, en la persona del ciudadano Martín Prin, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.773.587, quién estando presente acepto el cargo y prestó el juramento de ley, a los fines de que proceda a realizar los cambios de los cilindros respectivos. En este estado el Tribunal procede a realizar la Entrega Material real y efectiva del bien inmueble objeto de la presente medida, libre de personas y bienes y hace entrega del mismo con sus respectivas llaves en la persona del Dr. Enrique Herrera Silla, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, quién lo recibe conforme. Se deja constancia que la presente Medida de Entrega Material no erogó ningún tipo de Derecho Arancelario, conforme a lo establecido en los Artículos 26 y 254 ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Cumplida la misión del Tribunal, ordena el regreso a su sede, siendo las once y veinte minutos de la mañana (11:20 a.m.).- La palabra “recibido”. Vale.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA…
… JUEZA,
(fdo)
DRA. LUZBEIDA QUIJADA.
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA.
(fdo)
EL NOTIFICADO EL DEPOSITARIO JUDICIAL.
(fdo.) (fdo.)
EL PERITO AVALUADOR.
(fdo)
LOS FUNCIONARIOS POLICIALES.
(fdo.)
EL CERRAJERO.
(fdo.)
LA SECRETARIA,
(fdo)
Abog. Maida A. Chacón Z.
C.C N° 165-2003.-
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