REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO, SECCION ADOLESCENTES
GUATIRE
TRIBUNAL DE EJECUCION
Guatire, Veintiuno (21) de Enero del año dos mil tres (2003)
192º y 143º
Visto el oficio N º 001-2003, de fecha 07-01-03, emanado del Centro de Atención Comunitaria “Juan Pablo Sojo” con sede en Guatire, que corre inserto al folio N º 103 del presente expediente, procede este Juzgado de Ejecución a practicar cómputo de los días en que el adolescente (identificación omitida. Artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) estará cumpliendo la medida de SERVICIOS A LA COMUNIDAD. De conformidad con lo establecido en el Artículo 482 del Código Orgánico Procesal penal, por remisión expresa del Artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, el mencionado adolescente permanecerá cumpliendo dicha medida en el Centro de Atención Comunitaria “Juan Pablo Sojo” con sede en Guatire, por un periodo de SEIS (06) MESES, a partir del día 07 DE ENERO DEL AÑO 2003, y la misma culminará el día SIETE (07) DE JULIO DE 2003. Notifíquese a las partes. Líbrese oficio al mencionado Centro. Cúmplase.-
LA JUEZ DE EJECUCION,
DRA. ZUMILDE BARRETO HERNANDEZ
LA SECRETARIA,
DRA. YADIRA HENRIQUEZ MACHADO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA
DRA. YADIRA HENRIQUEZ MACHADO
1E-185-02
ZBH/YHM/leo.
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