2C-22021/03
28-01-03
FISCAL DECIMO SEXTO, DR. LEONARDO ROSALES
IMPUTADO: GABRIEL RAMON ACOSTA PALMERO
DEFENSA PUBLICA PENAL, DR (A) FRANCISCO CARLOMAGNO MALDONADO
Este Juez de Control Nº 2, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, aplicando la máximas de experiencias establecida en el Artículo 22 Ejusdem, se Acuerda: LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMEINTO ORDINARIO, e impone la Medida Cautelar sustitutiva contenida en el artículo 256 ordinales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es:
1) La presentación de una persona que se haga responsable por el imputado e informe al Tribunal la conducta del mismo.
2) La presentación por ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, cada Ocho (08) días por un lapso de Seis (06) meses.
Líbrese la Correspondiente Oficio al Comisario Jefe del Instituto Autónomo de la Policía de Charallave, Estado Miranda. Así mismo se ordeno la remisión de las presentes actuaciones por vía ordinaria.
LA JUEZ DE CONTROL N° 2,
DRA. MARIANGELA PALACIOS MARTINI
LA SECRETARIA,
ABG. YOLEXSI URBINA MARTINEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ABG. YOLEXSI URBINA MARTINEZ
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