REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DE MENORES

SE LE DA ENTRADA AL EXPEDIENTE, CORFORME AL 517 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, SE FIJO EL DECIMO DIA DE DESPACHO SIGUIENTE PARA QUE LAS PARTES PRESENTE INFORMES.