REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓNJUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

CÚA, DIECIOCHO (18) DE FEBRERO DE 2003.-
192° y 143°


EXPEDIENTE N° OA-0119-03.-

PARTE DEMANDANTE: SARA YURAIMA ORTEGA PEREZ.
Representante de los niños: YONAIKER
ALEJANDRO COLMENARES ORTEGA Y
YULEXZI DEL CARMEN COLMENARES
ORTEGA.-
ABOGADOS ASISTENTE: JUVENAL CLEMENTE Y NANCY DIAZ
VALENCIA.
PARTE DEMANDADA: YOBANNY ALEXIS COLMENAREZ ZARRAMERA.-
MOTIVO DEL JUICIO: OBLIGACIÓN ALIMENTARIA.-

Visto el convenimiento entre las partes efectuado en el acto conciliatorio de fecha 18 de Febrero del presente año (2002), cursante a los folios nueve (9) y diez (10); este JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, con sede en Cúa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA HOMOLOGACIÓN del mismo en el presente procedimiento y en virtud a que el monto convenido entre las partes como obligación alimentaría se fijó por la cantidad de SESENTA MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 60.000,00) mensuales, de la siguiente forma: semanalmente se descontara por nomina, la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs.15.000,oo), del salario mensual devengado por el obligado: YOBANY ALEXIS COLMENARES ZARRAMERA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-09.885.391, y esta cantidad se incrementará cada vez que sea aumentado el sueldo del obligado, en beneficio de los niños: YONAIKER ALEJANDRO COLMENARES ORTEGA Y YULEXZI DEL CARMEN COLMENARES ORTEGA.-

Así mismo el obligado se comprometió que en el mes de diciembre correría con los gastos de vestuario y calzado (estreno) de cada uno de sus hijos.-

Igualmente el obligado correrá con los gastos de Uniforme y Calzado para los dos niños en el mes de Septiembre de cada año.-

En cuanto a los útiles escolares la ciudadana: Sara Yumaira Ortega Pérez, le hará llegar oportunamente a él ciudadano: Yobanny Alexis Colmenares Zarramera, las listas de útiles escolares sellado por el Plantel donde cursan estudios los niños, para que la Institución en la que trabaja el obligado le otorgue los útiles

En lo relacionado con la salud de los niños, la Institución para la cual labora el obligado los tiene asegurado a través del Instituto Venezolano del Seguro Social, y las enfermedades que requieran de un tratamiento especial, los padres se comprometieron a buscar la institución y los medios necesarios para el bienestar de ambos niños.-

La parte accionante es la ciudadana: SARA YURAIMA ORTEGA PEREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V6.225.702, en su condición de representante (progenitora) de los niños: YONAIKER ALEJANDRO COLMENARES ORTEGA Y YULEXZI DELCARMEN COLMENARES ORTEGA, debidamente asistida por los Dres. JUVENAL CLEMENTE Y NANCY DIAZ DE VALENCIA inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números: 30.052 y 54.264 respectivamente.-

La parte accionada es el ciudadano: YOBANNY COLMENARES ZARRAMERA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-9.885.391

Ofíciese al Director de Personal del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela, con sede en Caracas, a los fines que proceda a realizar los descuentos respectivos.-

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, en Cúa, a los dieciocho (18) días del mes de Febrero de dos mil tres (2003). Años 192° de la Independencia y 143° de la Federación.-

La Juez,


Dra. Josefina Gutiérrez

El Secretario,


Abg. Jesús Alberto Zerpa Peña


En esta misma fecha, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) y previas las formalidades legales, se público la anterior decisión.-

El Secretario,