En el día de hoy, siete de febrero del 2.003, siendo las diez de la mañana
(10:00 am) se trasladó y constituyó el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas
de los Municipios Acevedo, Brión, Buróz, Andrés Bello, Páez y Pedro Gual de
la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Caucagua, a
cargo del , Dr. Juan Carlos Varela y la Secretaria Hilda Palma, en compañía
del Abogado Elías Aráis Sayegh, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°
36.153, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora Del Sur
Entidad de Ahorro y Préstamo y de los Auxiliares de Justicia designados en
esta acto, como Depositario Judicial a la firma La Consolidada C.A en la
persona de su representante legal, ciudadano Dr. Carlos Rivas, titular de la
Cédula de Identidad N° V: 6.318.092, y como Perito Avaluador a la ciudadana
Irene Navarro, titular de la Cédula de Identidad N° 15.312.627,quienes
aceptaron el cargo prestaron el Juramento de Ley. Constituido el Tribunal en
la dirección indicada en la Comisión correspondiente en un inmueble
identificado como un apartamento distinguido con el N° 6-0 situado en el
piso 6, del edificio Pinemar tres, en Higuerote, Jurisdicción de los
Municipios Brión y Buróz, del Estado Miranda, a los fines de practicar la
Medida de Embargo Ejecutivo decretada por el Juzgado Segundo de Primera
Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Puerto Ordaz. En este
estado se notifica de la misión del Tribunal al ciudadano Raúl Marcuñez
Campos, titular de la Cédula de Identidad N° V: 639.823, quien quedó en
cuenta de la misma. En este estado el Tribunal visto el señalamiento
realizado por la parte actora, declara embargado Ejecutivamente un
apartamento distinguido con el N° 6-0, situado en el piso 6 del edificio
Pinemar tres, en Higuerote, Jurisdicción de los Municipios Brión y Buróz
del Estado Miranda, cuyas medidas y demás especificaciones se encuentran
señaladas en la correspondiente comisión. En este estado el Perito
Avaluador, avalúa prudencialmente el inmueble donde estamos constituidos en
la cantidad de Treinta Millones de Bolivares (Bs 30.000.000). En este estado
el Tribunal lo pone en posesión de la Depositaria Judicial designada, quien
lo recibe conforme. En este estado la parte actora solicita al Tribunal se
sirva oficiar a la Oficina de Registro respectiva, a los fines de
participarle la medida de Embargo Ejecutivo practicada, el Tribunal lo
acuerda de conformidad y ordena oficiar a dicho Registro. Cumplido como ha
sido la misión del Tribunal ordena el regreso a su sede natural, siendo las
diez y treinta minutos de la mañana (10:30 am). Terminó, se leyó y conformes
firman………………………………………………………………………….....
El Juez
Dr. Juan Carlos Varela
El apoderado de la parte actora
Dr. Elías Arázi Sayegh
El notificado
(se negó a firmar)
Raúl Marcuñez Campos
La Perito Avaluador
Irene Navarro
El Depositario Judicial
Dr. Carlos Rivas
La Secretaria
Hilda Palma
Jesús.
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