REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 03 de Febrero de 2003
192° Y 143°


CAUSA N° 9136/02
Juez: WENDI Y. SAEZ RAMIREZ, Juez Primero de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques.
Secretario: HECTOR PEREZ ARIAS. Secretario adscrito a este Circuito Judicial Penal y sede.
IDENTIFICACION DE LA PARTES

IMPUTADOS : CENTENO TESORERO LORKI ROSALIN: quien es Venezolana Mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.117.509, residenciada en Urb. El Paso, bloque 16, edificio 03, piso 01 apartamento 04, Los Teques Estado Miranda; CENTENO ALILORGI VICTORIA HERIBERT, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.118.976 y residenciada en Urb. El Paso, bloque 16, edificio 03, piso 01 apartamento 04, Los Teques Estado Miranda; FILGUEIRA MIRNA MARGARITA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.018.334 residenciada en Urb. El Paso, bloque 16, edificio 03, piso 01 apartamento 02, Los Teques Estado Miranda; HUGO RAFAEL INFANTE SALAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.464.171 residenciado en Urb. El Paso, bloque 17, piso 06 apartamento 03, Los Teques Estado Miranda.
VICTIMAS : CENTENO TESORERO LORKI ROSALIN: quien es Venezolana Mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.117.509, residenciada en Urb. El Paso, bloque 16, edificio 03, piso 01 apartamento 04, Los Teques Estado Miranda; CENTENO ALILORGI VICTORIA HERIBERT, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.118.976 y residenciada en Urb. El Paso, bloque 16, edificio 03, piso 01 apartamento 04, Los Teques Estado Miranda; FILGUEIRA MIRNA MARGARITA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.018.334 residenciada en Urb. El Paso, bloque 16, edificio 03, piso 01 apartamento 02, Los Teques Estado Miranda.

FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO : JUAN JOSE ORTIZ MEJIAS, Fiscal de Transición del Ministerio Público.
DEFENSA : COORDINADOR DE LA UNIDAD DE DEFENSA PUBLICA PENAL.
DELITO : LESIONES MENOS GRAVES Y LESIONES LEVES.

Corresponde a este Juez pronunciarse del escrito presentado por el Dr. JUAN JOSE ORTIZ MEJIAS, en su carácter de Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio, del Estado Miranda con sede en Los Teques, mediante el cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de los ciudadanos CENTENO TESORERO LORKI ROSALIN, CENTENO ALILORGI VICTORIA HERIBERT, FILGUEIRA MIRNA MARGARITA y HUGO RAFAEL INFANTE SALAS, de conformidad con el articulo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.



DE LOS HECHOS

La causa se inicio en fecha 19 de Octubre de 1998 mediante denuncia interpuesta por la ciudadana CENTENO TESORERO LORKI ROSALIN, por ante el Ahora Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas en la cual expuso: “… Comparezco por ante este despacho con la finalidad de denunciar a la administradora del edificio de nombre MIRNA FILGUEIRA y un yerno de ella de quien no se su nombre, ya que los mismos sin causa justificada, lesionaron a mi mama y a mi hija y a mi persona, en varias partes del cuerpo, utilizando un palo de cepillo, así como la fuerza física, dándose posteriormente estas personas a la fuga hecho ocurrido el día de ayer…”

En la consecución de las investigaciones se trajo a los autos declaración del ciudadano INFANTE SALAS HUGO RAFAEL en fecha 23 de Octubre de 1998 por ante el Ahora Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas en la cual expuso: “… El día Domingo de la semana pasada, como a las nueve y veinte horas de la mañana, en el bloque 16, apartamento 02 de la urbanización El Paso, yo me encontraba durmiendo, al escuchar un alboroto, me levante y me percate que dentro del apartamento donde yo estaba vi a dos señoras que estaban discutiendo con mi suegra de nombre MIRNA FIGUEIRA, y habían varias personas que gritaban que las desapartara, que la desapartara, ya que estaban forcejeando, y todo se quedo tranquilo, posteriormente la hija de una de las señoras que usa el collarín y lo tiene hace como un año, batuqueando la reja que estaba cerrada del apartamento donde yo estaba durmiendo, pero no pudo entrar …”


Cursa al folio 13 del expediente Reconocimiento Medico Legal N° 2157 de fecha 19 de Octubre de 1998 realizado a la ciudadana ALILIGI VICTORIA CENTENO practicado por los doctores Boris Bossio Barceló (Forense Principal) y Pedro Omar Fossi (Forense Asistente) adscritos a la Medicatura Forense de la delegación de Los Teques del Ahora Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas en el cual concluyen “Contusión moderada en hemicara derecha y en región cervical, porta inmovilización con collarín blando tiempo de curación catorce (14) días, privación de ocupaciones: catorce (14) días, carácter MEDIANA GRAVEDAD”.

Cursa al folio 14 del expediente Reconocimiento Medico Legal N° 2157 de fecha 19 de Octubre de 1998 realizado a la ciudadana LORKI ROSALIN CENTENO TESORERO practicado por los doctores Boris Bossio Barceló (Forense Principal) y Pedro Omar Fossi (Forense Asistente) adscritos a la Medicatura Forense de la delegación de Los Teques del Ahora Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas en el cual concluyen “Hematoma postraumático en región escapular izquierdo y en región hipogastrio. Politraumatismos fuertes generalizados.... tiempo de curación catorce (14) días, privación de ocupaciones: catorce (14) días, carácter MEDIANA GRAVEDAD”.

Cursa al folio 37 del expediente Reconocimiento Medico Legal N° 2157 de fecha 23 de Octubre de 1998 realizado a la ciudadana MIRNA MARGARITA FILGUEIRA practicado por los doctores Boris Bossio Barceló (Forense Principal) y Pedro Omar Fossi (Forense Asistente) adscritos a la Medicatura Forense de la delegación de Los Teques del Ahora Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas en el cual concluyen “Contusión simple a nivel de cuero cabelludo, en vía de recuperación, Refiere dolor cervical .... tiempo de curación seis (06) días ya curados, carácter LEVE”.

SOLICITUD DEL MINISTERIO PUBLICO

El Dr. JUAN JOSE ORTIZ MEJIAS actuando en su carácter de Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio, del Estado Miranda con sede en Los Teques, manifiesta que desde el día 18 de Octubre de 1998 fecha en que ocurrieron los hechos, hasta la presente fecha 27 de Enero de 2003 han transcurrido mas de cuatro (04) años, tres (03) meses y nueve (09) días, tiempo superior al establecido en el articulo 108 ordinales 5° y 6° del Código Penal, para que opere la prescripción de la acción penal por lo cual solicito el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA que se le sigue a los ciudadanos CENTENO TESORERO LORKI ROSALIN, CENTENO ALILORGI VICTORIA HERIBERT, FILGUEIRA MIRNA MARGARITA y HUGO RAFAEL INFANTE SALAS. Por la presunta comisión del delito de LESIONES MENOS GRAVES y LESIONES LEVES previstos y sancionados en el articulo 415 y 418 del Código Penal, de conformidad a lo establecido en el articulo 318 numeral 3° en concordancia con el articulo 48 ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal.

MOTIVA

Ahora bien del análisis exhaustivo de las actas que conforman el presente expediente, este Juzgador observa que el delito de LESIONES MENOS GRAVES previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal el cual prevé una pena de prisión de tres a doce meses y LESIONES LEVES previsto y sancionado en el artículo 418 ejusdem, prevé una pena de arresto de tres a seis meses, y desde el día 18 de Octubre de 1998 fecha en que ocurrieron los hechos, hasta la presente fecha 4 de febrero de 2003 han transcurrido mas de cuatro (04) años, tres (03) meses y nueve (09) días, tiempo superior al establecido en el articulo 108 ordinales 5° y 6° del Código Penal, para que opere la prescripción de la acción penal. En consecuencia lo procedente y ajustado a derecho es declarar CON LUGAR en los términos expuestos la solicitud del Ministerio Público, por lo que se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA de conformidad con el articulo 318 ordinal 3° en concordancia con el articulo 48 ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 108 ordinales 5° y 6° del Código Penal. Y así se Decide.-

DISPOSITIVA

Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, administrando Justicia por mandato expreso de la ley y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, decreta el SOBRESEIMIENTO a favor de los ciudadanos CENTENO TESORERO LORKI ROSALIN: quien es Venezolana Mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.117.509, residenciada en Urb. El Paso, bloque 16, edificio 03, piso 01 apartamento 04, Los Teques Estado Miranda; CENTENO ALILORGI VICTORIA HERIBERT, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.118.976 y residenciada en Urb. El Paso, bloque 16, edificio 03, piso 01 apartamento 04, Los Teques Estado Miranda; FILGUEIRA MIRNA MARGARITA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.018.334 residenciada en Urb. El Paso, bloque 16, edificio 03, piso 01 apartamento 02, Los Teques Estado Miranda; HUGO RAFAEL INFANTE SALAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.464.171 residenciado en Urb. El Paso, bloque 17, piso 06 apartamento 03, Los Teques Estado Miranda, seguida por la presunta comisión del delito de LESIONES MENOS GRAVES previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal y LESIONES LEVES previsto y sancionado en el artículo 418 ejusdem, Por haber operado la prescripción de la acción penal de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 3° en concordancia con el articulo 48 ordinal 8° ambos del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena el cese inmediato de todas las medidas impuestas, con relación a la presente causa, a los imputados up supra identificados.

Se declara CON LUGAR la solicitud del Fiscal del Ministerio Publico del Estado Miranda. Publíquese, Regístrese, Diarícese, Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
La Juez


Dra. WENDI Y. SAEZ R.


EL SECRETARIO


Abg. HECTOR PEREZ ARIAS


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y así lo certifico.


EL SECRETARIO











CAUSA Nº 1C-9136/02
WYSR/HPA/GB



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
LOS TEQUES

Los Teques, 03 de Febrero de 2003
192° Y 143°

BOLETA DE NOTIFICACION


SE HACE SABER:


Al ciudadano(a): JUAN JOSE ORTIZ MEJIAS, Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Que este Tribunal por auto de esta misma fecha dicto el sobreseimiento de la causa signada con el Nº 1C-9136/02 de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal seguida en contra de los imputados CENTENO TESORERO LORKI ROSALIN, titular de la cédula de identidad N° 5.117.509, CENTENO ALILORGI VICTORIA HERIBERT, titular de la cédula de identidad N° 15.118.976, FILGUEIRA MIRNA MARGARITA, titular de la cédula de identidad N° 3.018.334 , HUGO RAFAEL INFANTE SALAS, titular de la cédula de identidad N° 5.464.171 por la presunta comisión del delito de LESIONES MENOS GRAVES y LESIONES LEVES


LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL



DRA. WENDI Y. SAEZ R.




NOTIFICADO:_________________FECHA:____________HORA:____________
Nº de causa 1C-9136/02
WYSR/HP/GB







REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
LOS TEQUES

Los Teques, 03 de Febrero de 2003
192° Y 143°

BOLETA DE NOTIFICACION


SE HACE SABER:


Al ciudadano(a) :COORDINADOR DE LA UNIDAD DE DEFENSA PUBLICA PENAL. Que este Tribunal por auto de esta misma fecha dicto el sobreseimiento de la causa signada con el Nº 1C-9136/02 de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal seguida en contra de los imputados CENTENO TESORERO LORKI ROSALIN, titular de la cédula de identidad N° 5.117.509, CENTENO ALILORGI VICTORIA HERIBERT, titular de la cédula de identidad N° 15.118.976, FILGUEIRA MIRNA MARGARITA, titular de la cédula de identidad N° 3.018.334 , HUGO RAFAEL INFANTE SALAS, titular de la cédula de identidad N° 5.464.171 por la presunta comisión del delito de LESIONES MENOS GRAVES y LESIONES LEVES


LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL



DRA. WENDI Y. SAEZ R.




NOTIFICADO:_________________FECHA:____________HORA:____________ .




Nº de causa 1C-9136/02
WYSR/HP/GB







REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
LOS TEQUES

Los Teques, 03 de Febrero de 2003
192° Y 143°

BOLETA DE NOTIFICACION


SE HACE SABER:


Al ciudadano(a): CENTENO TESORERO LORKI ROSALIN, en su condición de víctima Que este Tribunal por auto de esta misma fecha dicto el sobreseimiento de la causa signada con el Nº 1C-9136/02 de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal seguida en su contra y de los imputados CENTENO TESORERO LORKI ROSALIN, titular de la cédula de identidad N° 5.117.509 CENTENO ALILORGI VICTORIA HERIBERT, titular de la cédula de identidad N° 15.118.976, FILGUEIRA MIRNA MARGARITA, titular de la cédula de identidad N° 3.018.334 , HUGO RAFAEL INFANTE SALAS, titular de la cédula de identidad N° 5.464.171 por la presunta comisión del delito de LESIONES MENOS GRAVES y LESIONES LEVES


LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL



DRA. WENDI Y. SAEZ R.



NOTIFICADO:_________________FECHA:____________HORA:____________ .
DIRECCION: el Trigo Residencias Trigo Dorado, apartamento A-86, Los Teques.


Nº de causa 1C-8543/02
WYSR/HP/GB





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

Los Teques, 03 de Febrero de 2003
192° Y 143°


Por cuanto me incorpore en el cargo de Juez Temporal de este Tribunal, según oficio Nº TPF-02-1031 de fecha 27 de junio de 2002, emanado de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, me AVOCO al conocimiento de la presente causa, y Visto el escrito presentado por el Dr. JUAN JOSE ORTIZ, Fiscal del Ministerio Publico para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, mediante el cual solicita el Sobreseimiento de la causa, y por cuanto este Tribunal no estima necesario la realización del debate para comprobar los motivos de dicha solicitud, se acuerda proveer lo conducente, de conformidad con el primer aparte del articulo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.-
LA JUEZ,

DRA. WENDI Y. SAEZ R.

EL SECRETARIO


HECTOR PEREZ ARIAS

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado y así lo certifico.


EL SECRETARIO



ACT Nº 1C-9136/02
WYSR/HPA/GB