REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 11 de febrero de 2003
192º y 143º


Visto el escrito presentado por la Dra. MONICA TERESA BRITO MARIN, actuando en su condición de Fiscala Auxiliar Primero del Ministerio Público del Estado Miranda con sede en Los Teques, mediante el cual solicita MANDATO DE CONDUCCIÓN al ciudadano FRANCISCO ANTONIO OROPEZA TORTOZA a la Sede de esa Fiscalía. Este Tribunal para decidir, previamente, observa:
Revisada como ha sido la Actuación Nro. 3C-1277-03 que cursa por ante este Tribunal, se observa que la Representante del Ministerio Público ha librado los días 22 y 27 de agosto del 2002 y 09 de enero del 2.003 Boletas a nombre del ciudadano ut supra señalado con la finalidad de que compareciera ante ese Despacho, no acudiendo de forma injustificada a dichas citaciones, en virtud de que la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público adelanta investigación N° 15F148-02, por la imputación de los delitos de amenaza y violencia psicológica, previstos y sancionados en los artículos 16 y 20 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana MIGDELIS YULIMAR HERNANDEZ OROPEZA.

El artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal dispone:
Artículo 310. Mandato de Conducción. El tribunal de control, a solicitud del Ministerio Público, podrá ordenar que cualquier ciudadano sea conducido por la fuerza pública en forma inmediata ante el funcionario del Ministerio Público que solicitó la conducción, con el debido respeto de sus derechos constitucionales, a fin de ser entrevistado por aquel sobre los hechos que se investigan. Será llevado en forma inmediata ante el Ministerio Público para dar cumplimiento al objeto de su requerimiento, en un plazo que no excederá de ocho horas contadas a partir de la conducción por la fuerza pública.”

En atención a la norma ut supra transcrita lo procedente y ajustado a derecho es dictar MANDATO DE CONDUCCION al ciudadano FRANCISCO ANTONIO OROPEZA TORTOZA, a fin de que sea conducido por la fuerza pública en forma inmediata ante el Fiscalía Primera del Ministerio Público del Estado Miranda, con sede en Los Teques, ubicada en la Calle Miquilén con Calle Negro Primero, Edificio Omega, piso 3, para el día 19 de febrero del 2.003, a las 10:00 horas de la mañana, con el debido respeto de sus derechos y garantías constitucionales y legales, a objeto de ser entrevistado sobre lo concerniente a la investigación Nro. 15F1-148-02-V. que se le instruye.
Se acuerda librar oficio dirigido al Director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda a tal fin . ASI SE DECIDE.

DECISION

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE MANDATO DE CONDUCCION al ciudadano FRANCISCO ANTONIO OROPEZA TORTOZA, titular de la cédula de identidad Nro. 4.054.472, domiciliado en el Sector Las Lomitas, a 100 metros antes de la Alcabala casa s/n de color verde, Carretera Vieja de Los Teques, Estado Miranda, a fin de que sea conducido por la fuerza en forma inmediata ante la Fiscalía Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, ubicada en Calle Maquilen con Calle Negro Primero, Edificio OMEGA, piso 3, Los Teques, el día 19 de febrero del 2.003, a las 10 horas de la mañana, con el debido respeto de sus derechos y garantías constitucionales y legales, a objeto de ser entrevistado con respecto a la investigación que se le instruye bajo el Nro. 15F1-148-02-V .
Se ordena Librar oficio al Director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, a los fines de la práctica de la conducción del investigado.

Regístrese, Publíquese, Déjese copia. Ofíciese. CUMPLASE


LA JUEZA,


AURA ELENA GUZMAN DIAZ

LA SECRETARIA,


DORCY OSVAIRA GONZALEZ




Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto precedente.

LA SECRETARIA,


DORCY OSVAIRA GONZALEZ


Actuación Nro. 3C-1277-03
AEGD/DOG/jcd