REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 04 de Febrero de 2003.
192° Y 143°

Causa N° 4C-9603/02

Juez: JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO, Juez Cuarto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda.

Secretaria: ADDA YUMAIRA ESPINOZA.

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

Imputado: ALVARO JOSÉ VILLANUEVA ESCOBAR, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de ELSA ESCOBAR y RAMIRO VILLNUEVA, Cédula de Identidad N° E-81.503.335, y residenciado en Barrio Pan de Azúcar, parte baja Sector Los Mangos.-

Fiscal: ULBANO GARCÍA LÓPEZ, Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.

Victima: EDUARDO ANAYA BASTIDAS


Visto el escrito presentado por el Abogado ULBANO GARCIA LÓPEZ en su carácter de Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, mediante el cual solicita el Sobreseimiento de la de la causa seguida en contra del ciudadano ALVARO JOSÉ VILLANUEVA ESCOBAR, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de ELSA ESCOBAR y RAMIRO VILLNUEVA, Cédula de Identidad N° E-81.503.335, y residenciado en Barrio Pan de Azúcar, parte baja Sector Los Mangos; por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES DE MEDIANA GRAVEDAD, de conformidad con el contenido del artículo 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto la acción penal está evidentemente PRESCRITA de acuerdo a los lineamientos del artículo 108, ordinal 5° del Código Penal.-

Este Tribunal antes de decidir pasa a ser las siguientes observaciones:

Se inició la presente causa el 02 de Febrero de 1.997 mediante según Acta Policial emanada por la Comisaría de Los Nuevos Teques del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, motivado a la detención del ciudadano arriba identificado, quien presuntamente causó herida cortante con arma blanca al ciudadano EDUARDO ANAYA BASTIDAS; lo que constituye la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES DE MEDIANA GRAVEDAD previsto en el Artículo 415 del Código Penal Venezolano, tal y como se evidencia de las actas que cursan a los folios 1 al 74, ambos folios inclusive.-.

Ahora bien, analizadas las presentes actuaciones y vista la solicitud presentada por el Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, mediante la cual solicita el sobreseimiento de la presente causa de conformidad con el contenido del artículo 318 ordinal 3°, en relación con el artículo 48, ambos del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal Venezolano, y en razón de que el hecho ocurrió en fecha 02 de Febrero de 1.997, se evidencia que han transcurrido sies (06) años y un (01) día desde que ocurrió el mencionado hecho punible, tiempo este mayor al establecido en el ordinal 5° del artículo 108, a los fines de operar la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCION PENAL. En consecuencia y lo ajustado a derecho es declarar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, por reunir los requisitos de la ley. Asimismo se decreta su libertad plena. Y ASI SE DECLARA.




D I S P O S I T I V A

Por todos los señalamientos anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA El SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano ALVARO JOSÉ VILLANUEVA ESCOBAR, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de ELSA ESCOBAR y RAMIRO VILLNUEVA, Cédula de Identidad N° E-81.503.335, y residenciado en Barrio Pan de Azúcar, parte baja Sector Los Mangos; de conformidad con lo previsto en el ordinal 3° del artículo 318 en concordancia con el 324, ambos del Código Orgánico Procesal Penal en relación con lo establecido en el ordinal 8 del artículo 48 Ejusdem.

Regístrese, déjese copia, diarícese, notifíquese a las partes.-
El Juez

JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO

La Secretaria


ADDA YUMAIRA ESPINOZA

Seguidamente se dio cumplimiento a lo anteriormente ordenado, y se libró la notificación respectiva.
La Secretaria


ADDA YUMAIRA ESPINOZA


Causa N° 4C-9603-02
JHL/AYE/alex