REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO LOS TEQUES

Los Teques, 10 de Febrero de 2003
192° y 143°

Causa: 1M591-02
Fiscal Segundo (e) del Ministerio Público: Dr. JESUS GUTIERREZ
Defensora Pública Penal: Dra. YERANI PINTO
Acusados: MENDOZA CAMEJO ANDRES, MENDOZA CAMEJO JOSE VICENTE
Y CAMACHO RODOLFO

Siendo la oportunidad legal a los fines de llevar a cabo la Audiencia de Constitución del Tribunal Mixto, a tenor de lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal; en la causa seguida a los ciudadanos MENDOZA CAMEJO ANDRES, MENDOZA CAMEJO JOSE VICENTE Y CAMACHO RODOLFO, signada bajo el Nº 1M-591-02; con el objeto de resolver previamente sobre las Inhibiciones, recusaciones y excusas que pudieran plantearse en relación con las personas electas para actuar como Escabinos en la presente causa. Se constituyó, a tales efectos el Tribunal Primero de Juicio, presidido por el Dr. Ricardo Rangel Avilés, en su carácter de Juez Primero de Juicio del Circuito Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques; el Secretario ABG. Karlo Ramírez y el alguacil de Sala; encontrándose igualmente presentes los ciudadanos: RODRIGUEZ NOBREGA JANETH Y PEREZ HERNANDEZ RAFAEL, quienes resultaron electos en la Oficina de Participación Ciudadana de este mismo Circuito Judicial Penal, para participar como Escabinos en el sorteo de fecha 20-01-03; así mismo, el Fiscal Segundo (e) del Ministerio Público Dr. Jesús Gutiérrez; los acusados: Mendoza Camejo José Vicente, Mendoza Camejo Andrés y Camacho Rodolfo; debidamente asistido por la defensora Pública Penal DRA. YERANI PINTO.-
En tal sentido, se procedió previamente a identificar a las personas electas como Escabinos; especificándoles posteriormente, todo lo relacionado a sus obligaciones, los requisitos para participar como tal, las prohibiciones e impedimentos para el ejercicio de la función; así como las causales de recusación e inhibición y causales de excusas, establecidos en los artículos 150, 151, 152, 153, 154 en concordancia con lo establecido en el artículo 86 todos del Código Orgánico Procesal Penal.-
Por otra parte, se les preguntó a los Escabinos si estaban incursos en alguna de las causales antes mencionadas, manifestando los mismos no estar incursos en ninguna causal que les impida ejercer la función de Escabinos en la presente causa.-
De igual forma, se les concedió el derecho de palabra a la Representante del Ministerio Público y a la defensa, quienes luego de formular interrogatorio a las personas seleccionadas, manifestaron no tener objeción respecto a la participación de los ciudadanos: RODRIGUEZ NOBREGA JANETH Y PEREZ HERNANDEZ RAFAEL como Escabinos en la causa signada bajo el Nº 1M591-02.-
Finalmente la Juez Presidente formuló interrogatorio; y una vez finalizado el mismo, por cuanto las personas seleccionadas cumplen con todos los requisitos necesarios y no están incursas en ninguna de las causales de prohibiciones, impedimentos, ni excusas para participar como Escabinos; se acuerda la constitución definitiva del Tribunal Mixto, de conformidad con lo previsto en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal; de la siguiente manera: Juez Presidente Dr. Ricardo Rangel Avilés; Escabino Titular 1: ciudadano: YPEREZ HERNANDEZ RAFAEL y como Escabino Titular 2: ciudadana: RODRIGUEZ NOBREGA JANETH . Se fija el Juicio Oral y Público para el día 07/03/2003, a las 09:00 a.m. Y así se declara.-

DECISION:

Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 1, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CONSTITUIDO DEFINITIVAMENTE EL TRIBUNAL MIXTO en la presente causa de la siguiente manera: Juez Presidente Dr. Ricardo Rangel Avilés; Escabino Titular 1 ciudadano: PEREZ HERNANDEZ RAFAEL; Escabino Titular 2 ciudadana: RODRIGUEZ NOBREGA JANETH, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo, se fija la celebración del Juicio Oral y Público en la causa signada bajo el Nº 1M-591-02, seguida en contra de los ciudadanos: Mendoza Camejo José Vicente, Mendoza Camejo Andrés y Camacho Rodolfo, para el día 07-02-2003, a las 09:00 a.m.; oportunidad en la cual deberán comparecer las partes y las personas designadas para actuar como Escabinos, quedando notificados en la audiencia de ésta misma fecha.-
Publíquese, diarícese, y déjese copia de la presente decisión. Cúmplase

El Juez de Juicio N° 1



Dr. Ricardo Rangel Avilés

El Secretario



Abg. Karlo Ramírez

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Y así lo certifico.-
El Secretario



Abg. Karlo Ramírez
RRA/KR/li
Causa: 1M591-02.-