Los Teques, 03 de Febrero del 2003.
192º. Y 143º.
Visto el escrito presentado por la Dra. BLANCA ZORAIDA RODRIGUEZ, Fiscal Auxiliar Décima Quinta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 10/12/2002, mediante el cual solicita se acuerde el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la causa seguida al adolescente: ___________, por la presunta comisión de los delitos Contra la Colectividad , (POSESIÓN ILICITA), previsto en el articulo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Este Tribunal, antes de dictar decisión, considera necesario analizar lo siguiente:
I
DE LOS HECHOS
De autos se evidencia que en fecha 04/08/2001, siendo las 1:50 horas de la Tarde, encontrándose en labores de Patrullaje Motorizado, los Funcionarios: FERNANDO CONTRERAS Y DAVID RAMÍREZ, portadores de la cédulas de identidad No. V-6.450.129 y V-6842.444, placas 1585 y 0604, respectivamente, adscritos a la División de Patrullaje Motorizado del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda , cuando se desplazaban por la vuelta del paraíso adyacente al Estacionamiento del la Residencia del Gobernador, cuando avistaron a un ciudadano que se desplazaba por el referido sector, y al percatarse de la presencia de la Comisión Policial, tomó una actitud esquiva se le dio la voz de alto, para solicitarle su documentación y amparados en el articulo 220 del Código Orgánico Procesal Penal, se procedió a practicarle la respectiva inspección corporal superficial incautándole en el puño de la mano derecha, la cantidad de dos envoltorios de papel de color marrón, contentivo en su interior de semillas de restos vegetales de presunta droga. Todo esto se desprende de:
Acta Policial cursante al folio tres (3) y vto., suscrita por los funcionarios agente FERNANDO CONTRERAS, titular de la cédula de identidad No v-6.450.129, placa: 1585, adscritos a la División de Patrullaje Motorizado, Adscrito a la Región Policial Nº 1, San Antonio de Los Altos, del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda.
Experticia Química-Botánica, realizada sobre fragmentos vegetales de color pardo verdoso y semillas del mismo color de asoecto globuloso, realizada por los expertos ANA YADIRA RIVAS y ATILIA GRATEROL, lo cual resultó ser Marihuana (Cannabis Sativa Line), con un peso de cuatrocientos miligramos. Cursante al folio 37.
II
DEL DERECHO
La Representante del Ministerio Publico fundamenta su solicitud de Sobreseimiento Provisional en la presente causa, en el contenido del articulo 561, literal “e”, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, alegando que resulta insuficiente lo actuado y no existe posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos que permitan el ejercicio de la acción penal.
Ahora bien, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, una vez revisadas las actuaciones que conforman la presente causa, considera que efectivamente, son insuficientes los elementos contenidos en la misma para formular acusación en contra del adolescente imputado, y por cuanto es a la vindicta publica a quien corresponde el ejercicio de la acción Publica, de conformidad con lo establecido en el articulo 648 de la Ley Orgánica para la Protección de Niño y del Adolescente, en consecuencia, siendo la circunstancia alegada por la Representación del Ministerio Público motivo para que este Tribunal decida acordar el Sobreseimiento Provisional de la causa, por cuanto se adecua perfectamente al supuesto de ley que establece el mencionado dispositivo legal, vale decir, el articulo 561, literal “e”, Eiusdem. En razón de lo expuesto, este Juzgador considera que resulta procedente la petición fiscal, procediendo a decretar con lugar el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL. Y así se declara.
III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL interpuesta por la Fiscal Auxiliar Décima Quinta del Ministerio Publico, Dra. BLANCA ZORAIDA RODRÍGUEZ, en la causa seguida al adolescente _____________, ampliamente identificado al comienzo del presente fallo, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra la Colectividad, previsto en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo establecido en el articulo 561, literal “e”, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Regístrese la presente decisión, déjese copia y notifíquese a las partes.
La Juez Temp...
Dra. ZULAY GOMÉZ MORALES
El Secretario
Abog. CARLOS ARGENIS IZARRA DIAZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.-
El Secretario
Abog. CARLOS ARGENIS IZARRA DIAZ
ZGM/caid
Exp.1C-062/01
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