Por las razones expuestas este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA Medida Privativa de Libertad a los ciudadanos JESUS ANTONIO PEREIRA, venezolano, con Cédula de Identidad N° 12.532.639, nacido en fecha 21-02-81, de 21 años de edad, domiciliado en Sector La Ceiba; Calle Nazareno, casa sin número, (cerca de una herrería que no tiene nombre). Río Chico. Estado Miranda. MARISOL PEREIRA, venezolana con Cédula de Identidad N° 10.584.621, nacido en fecha 31-12-64, de 39 años de edad, domiciliado en Sector La Ceiba; tercera calle La Ceiba; casa sin número. (Cerca de la casa de un señor que vende gas, Jacqueline Maduro). Río Chico. Estado Miranda. Y DIEGO A. MILLAN FLORES, venezolano, con Cédula de Identidad N° 10.814.813, nacido en fecha 02-06-70, de 33 años de edad, domiciliado en Sector La Ceiba; Calle Nazareno, casa color verde sin número. Río Chico. Estado Miranda, por los hechos que el Ministerio Público le imputó, OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS PSICOTROPICAS Y ESTUPEFACIENTES, tipificado y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Todo de conformidad con los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal.

Diarícese y Publíquese


LA JUEZA DEL TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL


NANCY MARINA BASTIDAS DE GARCIA



LA SECRETARIA



JESSICA PEREIRA

Act. 1C14843-03