Por las razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda Extensión Barlovento con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano ARMANDO LEÓN, de quien se desconoce mayores datos sobre su identidad civil y personal, con domicilio en las inmediaciones del Barrio La Comunidad, Sector El Tamarindo, Guarenas Estado Miranda, por la comisión del delito "Daños Genéricos a la Propiedad", tipo penal previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 475 del Código Penal, por haberse extinguido la acción penal conforme con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3º, 319 y 48 ordinal 8º todos del Código Orgánico Procesal Penal
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