Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano TORREALBA ELY MANUEL Por encontrarse incurso en la comisión de los delitos de: OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS y PORTE ILICITO DE ARMA DE GUERRA previsto y sancionado en el artículo 34 DE LA LEY ORGANICA SOBRE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS Y 275 de Código Penal en virtud de estar llenos los extremos legales de los artículos 250 numerales 1, 2 y 3; 251 numerales 2 y 3; y 252 numerales 1 y 2 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese oficio dirigido al Jefe de la policía Municipal de Zamora, y al Director del Internado Judicial Rodeo II, remitiéndole anexo boleta de encarcelación a nombre del referido ciudadano, donde permanecerá detenido a la orden de este Juzgado.

LA JUEZ CUARTA DE CONTROL


DRA. NANCY TOYO YANCY
EL SECRETARIO

ABG. FRANK GARCIA

En la misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.

EL SECRETARIO

ABG. FRANK GARCIA









CAUSA N° 4C-14981-03.
NJTY/Cv