REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Este Tribunal de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda extensión los Valles del Tuy, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Acoge a solicitud del Ministerio Público en cuanto a la Aplicación del Procedimiento Ordinario.
SEGUNDO: Se acoge a la Precalificación Jurídica presentada por el Fiscal del Ministerio Público como lo es el delito de ASALTO A UNA UNIDAD DE TRANSPORTE PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 8 de la Reforma del Código Penal en su penúltimo y último aparte.
TERCERO: Se ordena la aplicación de las medidas cautelares sustitutivas de libertad, contenidas en el artículo 256 ordinales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos ROBLES CELIS, CARLOS LUIS; CHIRINOS HECTOR LUIS y RAMIREZ CARRASQUEL JHONNY ALEXANDER, debiendo presentarse ante la Oficina de Alguacilazgo de esta extensión, cada ocho (8) días por el lapso de seis (6) meses, previo cumplimiento de la presentación de dos (2) fiadores que en su conjunto acrediten un ingreso mensual correspondiente a CINCUENTA (50) UNIDADES TRIBUTARIAS y que justifiquen y acrediten lo establecido en el artículo 258 ejusdem.
CUARTO:. Se establece como lugar de reclusión el Centro Penitenciario Región Capital Yare II. Las partes quedan notificadas del presente pronunciamiento de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-