REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la precalificación realizada por la Representación Fiscal y en su lugar este Tribunal precalifica el hecho ventilado como el de FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS PUBLICOS, conforme al artículo 317 del Código Penal.
SEGUNDO: Se DECRETA la imposición de las medidas cautelares sustitutivas de libertad, contenidas en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo presentarse los imputados SERRITIELLO VEGAS PEDRO CAMILO y MENDEZ PALMA JOSE GREGORIO, cada quince (15) días por el lapso de seis (6) meses por ante la Oficina de Alguacilazgo de ésta Extensión Judicial, hasta que se decline la competencia a la jurisdicción que corresponde a la ciudad de Caracas, conforme al artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrense Boletas de Excarcelación y se ordena la remisión de las actuaciones a la jurisdicción que comprende.