Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 5 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda extensión los Valles del Tuy, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dicta lo siguiente: PRIMERO: se Acuerda la entrega del vehículo MARCA CHEVROLET, CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, MODELO MALIBU, PLACA: DAG-037, COLOR AZUL Y NEGRO, SERIAL DE CARROCERIA D1W69ACV304390, SERIAL DE MOTOR ACV304390, AÑO 1982, USO PARTICULAR, a la solicitante, haciendo la salvedad que misma es en calidad de deposito, no pudiendo enajenar, gravar, traspasar, ceder, transferir el referido vehículo y comprometiéndose ante este Juzgado a presentarlo las veces que sea requerido, tanto por la Fiscalia, como por ante el Tribunal. Asimismo se le manifiesta que el vehículo no puede ser conducido bajo ningún concepto por otra persona sino por la Ciudadana QUINTERO DIAZ JUANA GELTRUDIS, titular de la Cédula de Identidad N° V-, todo ello de conformidad con el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, en su primer aparte, en relación con el artículo 22 Ejusdem. SEGUNDO: Se insta a la Ciudadana Fiscal del Ministerio Público que a los fines de aperturar una averiguación penal si fuere el caso dirigida hacia la Notaría Pública Décimo Cuarta (14) del Distrito Metropolitano de Caracas, por la presunta venta de fecha 24-08-2000, inserto bajo el N° 29, tomo 74 de los libros llevados por esa Notaría. TERCERO: Se ordena la practica de la Experticia del vehículo en la Guardia Nacional, en su División de Vehículo, se nombra como correo especial a la Ciudadana Abogado Nayleth García Belisario, Inpreabogado N° 75.306. CUARTO: Líbrese oficio dirigido al Jefe del ESTACIONAMIENTO “TOMAS LANDER”, ubicado en Ocumare del Tuy, a los fines de que se sirva entregar el mencionado vehículo, a la ciudadana plenamente identificada anteriormente. Así como a la Guardia Nacional, Destacamento 57, Tercera Compañía, Ocumare del Tuy, a los fines de que se le practique la experticia de Mecánica y Diseño al mencionado Vehículo.
Regístrese. Déjese Copia.
EL JUEZ,

DR. PEDRO J. NATERA P.
LA SECRETARIA

ABG. VIRGINIA TROYA
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.

LA SECRETARIA,

ABG. VIRGINIA TROYA

Actuación Nº 5C18832-02