Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Quinto de Control del Circuito Judicial Penal de la Extensión Territorial de los Valles del Tuy Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO. SEGUNDO: DECRETA LA NULIDAD ABSOLUTA de todas y cada una de las actuaciones de la presente causa, por cuanto no se le acreditó falta y/o delito cometido por el ciudadano REQUENA ANGEL LUIS. TERCERO: SE ORDENA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano REQUENA ANGEL LUIS, titular de la Cédula de Identidad N° v-7.224.842. Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación. Remítanse las actuaciones
EL JUEZ


DR. PEDRO J. NATERA P.

LA SECRETARIA,

ABG. NAIR RIOS


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-

LA SECRETARIA,

ABG. NAIR RIOS



ACT: 5C-21966/03