REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES. SALA DE JUICIO. JUEZ PROFESIONAL No.1

Los Teques, 19 de febrero de 2003

Vista la solicitud interpuesta por la ciudadana FRANCYS MONTERREY, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.10.071.199, actuando en su nombre y en representación del niño JHONATAN FLORES, visto igualmente el justificativo evacuado en esta sala de Juicio, con las testimoniales rendidas por los ciudadanos TORTOZA NARANJO JAIMENORIA MESCIA EGLIZ Y LAZO SOLORZANO SOL, titulares de las cédulas de identidad No.5.452.356, 12.382.561 y 6.991.812, respectivamente, quienes manifestaron conocer a la solicitante y a su hijo; que si conocieron en vida al finado CARLOS ENRIQUE FLORES e, igualmente, manifestaron saber y constarles que falleció el 22.08.02 y que la solicitante y su hijo, son los únicos herederos del hoy occiso; considerando suficientes los recaudos presentados por la solicitante cursantes a las presentes actuaciones, consistente en copia certificada del acta de matrimonio entre FRENCIS MONTERREY Y CARLOS ENRIQUE FLORES, fallecido, copias certificadas del acta de nacimiento de su hijo y de defunción del causante, esta Sala de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, con fundamento en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido CARLOS ENRIQUE FLORES, quien era titular de la cédula de identidad No.6.991.655, a los ciudadanos FRANCIS COROMOTO MONTERREY ALMENAR DE FLORES Y JHONATAN ENRIQUE FLORES MONTERREY, Y ASI SE DECIDE EXPRESAMENTE. Regístrese la presente declaratoria en el Libro Diario y devuélvanse las actuaciones originales con sus resultas a la solicitante, previa certificación por secretaria, a los fines consiguientes. Cúmplase.
LA JUEZ,

DRA. ZULAY CHAPARRO HERRERA
EL SECRETARIO,
Exp.S-1198/2002
ABG. NICOLAS MORANTE