REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN BARLOVENTO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSIÓN BARLOVENTO.SALA DE JUICIO N° 2
Guatire,11 de Febrero del 2003
192° y 143°

Visto el escrito presentado por la Fiscal 13 del Ministerio Público, con sede en Guarenas, lo admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa en la Ley. En consecuencia visto el convenimiento suscrito por ante la Fiscalía, inserto al Folio 6 y 7 del presente expediente, entre los ciudadanos LUISA ELISA LISI MURIA y ABELARDO RODRIGUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.031.718 y V-12.154.156 respectivamente, en su carácter de padres de los niños JOSE GREGORIO, EMILY LUISANA Y LUIS ABELARDO RODRIGUEZ, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda HOMOLOGAR dicho convenimiento en todas y cada una de sus partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a la fiscal 13 del Ministerio Público. Asimismo de conformidad con el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este tribunal ordena el embargo del 50% de las prestaciones sociales del ciudadano ABELARDO RODRIGUEZ, quien prestó su servicios en la Alcaldía Municipal Plaza como Agente hasta el 02/09/02. Líbrese oficio a la División de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Plaza. Cúmplase.
LA JUEZ

DRA. AIDA A. LEON DE OBADIA
L A SECRETARIA

ABG. JUDITH LOVERA PEDRON

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

LA SECRETARIA

ABG. JUDITH LOVERA PEDRON


EXP. N° 03/2956
ALO/JLP/NM