REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN BARLOVENTO

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTAD MIRANDA EXTENSION BARLOVENTO. Guatire, 24 de Febrero del año 2003.-


192° y 144°


Vista las declaración rendida por el ciudadano CARLOS ANTONIO MOGOLLON, mediante la cual él mismo manifiesta: “En ningún momento yo he pretendido con estos trámites hacerme dueño del niño sino simplemente mantenerle una estabilidad al niño mientras ella consigue trabajo (...)”.A si como la declaración de la madre del niño KEVIN ALEXANDER MOGOLLON , ciudadana KATIUSKA DESIREE MOGOLLON MEDINA. Este Tribunal analizadas como ha sido las referidas declaraciones , y en interés Superior del niño KEVIN ALEXANDER MOGOLLON, y a los fines de garantizarle su derecho a ser criado en una familia, consagrado en el artículo 26 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y de conformidad con lo establecido en el artículo 128 ejusdem, acuerda la COLOCACIÓN FAMILIAR PROVISIONAL del niño KEVIN ALEXANDER MOGOLLON, en el hogar de su abuelo materno ciudadano CARLOS ANTONIO MOGOLLON. Así mismo se acuerda oficiar al Consejo Municipal de Derecho del Municipio Autónomo Plaza del Estado Miranda, a los fines que el referido ciudadano, así como su cónyuge sean inscritos en el correspondiente Programa de Colocación Familiar, con el objeto que se le capacite, se le supervise y le sean practicadas las evaluaciones correspondientes, a los referidos ciudadanos como al niño KEVIN ALEXANDER MOGOLLON, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 401 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. CUMPLASE.-
LA JUEZ


DRA. AIDA LEON DE OBADIA


LA SECRETARIA


ABG. JUDITH LOVERA PEDRON

NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

LA SECRETARIA

ABG. JUDITH LOVERA PEDRON



EXP. N°. 02/2898
ALO*JLP*Nm**