REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

EXP. NRO. 23121-RECTIFICACION DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN

Vista la solicitud que antecede, presentada por la ciudadana CARMEN JOSEFINA GOMEZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 2.074.138, asistida por la abogada en ejercicio ALEXANDRA DELGADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 75.537. EL Tribunal conforme al Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, pasa a decidir la presente rectificación del acta de defunción, asentada por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Guaicaipuro del Estado Miranda, bajo el N° 597, folio 197, durante el año 2002, el error denunciado consiste que en la referida se asentó los nombres de la madre y del hermano de la solicitante incorrectamente, ya que donde dice: casado con “ MARIA ISABEL MARTINEZ DE GOMEZ”, cuando siendo lo correcto es “ISABEL MARTINEZ DE GOMEZ”; igualmente donde dice: Deja seis hijos: CARMEN JOSEFINA, ISABEL JACINTA, LUIS ALFREDO, FRANCISCO OSWALDO, LUIS AUGUSTO, GERMAN ALBERTO GOMEZ MARTINEZ”,cuando siendo lo correcto es CARMEN JOSEFINA, ISABEL JACINTA, LUIS ALFREDO, FRANCISCO ANTONIO, LUIS AUGUSTO, GERMAN ALBERTO GOMEZ MARTINEZ, y para su efecto probatorio, dicha ciudadana consignó con su demanda; partida de Defunción a rectificar, fotocopia de la cédula de identidad de su madre, constancia de datos filia torios del ciudadano FRANCISCO ANTONIO GOMEZ MARTINEZ, expedida por el Ministerio del Interior y Justicia, copia simple de la partida de matrimonio de los padres de la solicitante. En fecha 14/04/2003, se admitió la presente demanda, ordenándose la notificación a la Fiscal Undécima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. En fecha 09/06/2003, comparece el ciudadano ORLANDO BRITO, en su carácter de alguacil titular de este Juzgado, quien consigna la boleta de notificación de la Fiscal Undécima del Ministerio Público, mediante la cual se da por notificada debidamente firmada y sellada. En fecha 26/06/2003, comparece la abogada GLORIA GUEVARA FUENTES, en su carácter de Fiscal Undécima del Ministerio Público (Encargada) mediante diligencia manifiesta no tener objeción que formular a la misma. Probado como ha sido lo alegado y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación en un juicio ordinario de rectificación de partida de defunción, procede a resolverlo meramente, y en tal sentido este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción del Estado Miranda, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA, a la Prefectura del Municipio Autónomo Guaicaipuro del Estado Miranda y al Registrador Principal del Estado Miranda, hacer la debida NOTA MARGINAL, en el acta de defunción llevada por ante dichos organismos, durante el año 2002, bajo el N° 597, folio 197, a fin de que en la misma donde dice:...casado con: “ MARIA ISABEL MARTINEZ DE GOMEZ”, en su lugar diga y se lea:..“ISABEL MARTINEZ DE GOMEZ”, igualmente donde dice:..deja seis hijos: CARMEN JOSEFINA, ISABEL JACINTA, LUIS ALFREDO, FRANCISCO OSWALDO, LUIS AUGUSTO, GERMAN ALBERTO GOMEZ MARTINEZ”, en su lugar diga y se lea:...”CARMEN JOSEFINA, ISABEL JACINTA, LUIS ALFREDO, FRANCISCO ANTONIO, LUIS AUGUSTO, GERMAN ALBERTO GOMEZ MARTINEZ” ,todo sin perjuicios de terceros.
Expídanse por Secretaría copias certificadas de esta sentencia y remítase a las autoridades civiles competentes junto con oficios, a los fines de estampar la correspondiente nota marginal, conforme a lo establecido en el artículo 774 ejusdem.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese.-
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques; a los diecisiete(17) días del mes de Julio de dos mil tres (2003).
Años: 193º de la Independencia y 144º de la Federación.-
EL JUEZ,

HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA




LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA


En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 09:00 a.m.-
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
HJAS/yd.
Exp. N° 23121