REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.


Vista la diligencia anterior de fecha 08 de julio de 2003, estampada por el abogado en ejercicio ORLANDO ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 65.961, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana NERIS ROSAS DE GONZALEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.422.357, mediante la cual solicita aclaratoria de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 06 de mayo de 2003, en cuanto al nombre de su poderdante como NERIS y no NERYS, asimismo el apellido como MUÑOZ y no MULOZ.
Este Tribunal para resolver observa:
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, especialmente del poder Apud-Acta otorgado al abogado ORLANDO ALVAREZ, por la ciudadana NERIS ROSAS DE GONZALEZ se evidencia que el nombre correcto de la solicitante es NERIS y no NERYS, así como su apellido MUÑOZ y no MULOZ, como quedo expuesto en el cuerpo del fallo dictado por este Despacho, y así se decide, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Queda así acordada la aclaratoria solicitada por la parte solicitante.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, con sede en Los Teques, a los catorce (14) días del mes de julio del dos mil tres. AÑOS: 193º de la Independencia y 144º de la Federación.
Déjese copia de la presente actuación en el copiador de sentencia respectivo llevado por este Despacho.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
Abg. ROSANGEL MARIN

VJGJ/lisbeth
Exp N 12435