JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

SOLICITANTE: JOSE GONCALVES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10.794.314.

AABOGADA ASISTENTE: PATRICIA C. GARCIA G., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 98.837.

EXPEDIENTE Nº 13454.

CAPITULO I
NARRATIVA

En fecha 17 de marzo de 2003, se recibió la anterior solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por el ciudadano JOSE GONCALVES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 10.794.314, asistido por la abogada PATRICIA C. GARCIA G., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 98.837, la cual corre inserta bajo el Nº 360, de los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevado por la Primera Autoridad Civil del Municipio Petare del Distrito Sucre del Estado Miranda, durante el año de 1993. Alegando que por error involuntario aparece MARIA ZELIA GONCELAVEZ DOS SANTOS, ANTONIO GONCALVEZ, cuando en realidad debería decir MARIA ZELIA GONCALVES DOS SANTOS , ANTONIO GONCALVES. Tal como consta de los documentos consignados en autos.-
En fecha 23 de mayo de 2003, mediante auto este Tribunal admitió dicha solicitud, ordenándose notificar a la Fiscal del Ministerio Público, a fin de que actuara en el procedimiento como parte de buena fe, y en fecha 04 de julio de 2003, fue notificada la Fiscal Undécima del Ministerio Público, según consta de boleta que ella firmó, y siendo la oportunidad para que la Fiscal del Ministerio Público, compareciera a ser oposición a la solicitud, esta no tuvo objeción que formular.
CAPITULO II
MOTIVA

Probado como ha sido lo alegado en autos y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO éste JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, con sede en LOS TEQUES, de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, declarará CON LUGAR la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por el ciudadano JOSE GONCALVES, anteriormente identificado, ordena a la Primera Autoridad Civil del Municipio Petare, Distrito Sucre del Estado Miranda y al Registrador Principal del Estado Miranda, INSERTAR la presente sentencia en los libros de registro respectivos y hacer la debida nota marginal en el acta de nacimiento del ciudadano: JOSE GONCALVES, a fin de que se corrijan los nombres MARIA ZELIA GONCALVEZ DOS SANTOS, ANTONIO GONCALVEZ, cuando en realidad debería decir MARIA ZELIA GONCALVES DOS SANTOS, ANTONIO GONCALVES.
CAPITULO III
DISPOSITIVA

Con vista a las consideraciones anteriores, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, declara: CON LUGAR la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por el ciudadano JOSE GONCALVES, anteriormente identificado y ordena la Primera Autoridad Civil del Municipio Petare, Distrito Sucre del Estado Miranda y al Registrador Principal del Estado Miranda, INSERTAR la presente sentencia en los libros de registro respectivos y hacer la debida nota marginal en el acta de nacimiento del ciudadano: JOSE GONCALVES, a fin de que se corrijan los nombres MARIA ZELIA GONCALVEZ DOS SANTOS, ANTONIO GONCALVEZ, cuando en realidad debe decir MARIA ZELIA GONCALVES DOS SANTOS, ANTONIO GONCALVES.

Expídanse por Secretaria las copias certificadas a que haya menester a los fines de remitirlas a las autoridades correspondientes junto con oficio, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y artículo 1º de la Ley de Sellos.

Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 Ejusdem.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. En Los Teques a los veintiocho (28) días del mes de julio de dos mil tres (2003).- Años 193º de la Independencia y 144º de la Federación.

EL JUEZ

Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO

Abg. RICHARS MATA

En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, siendo las 11:30 a.m.
EL SECRETARIO


EXP Nº 13565
VJGJ/Jenny*