REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud de Nulidad Absoluta del Acto de allanamiento practicado en fecha 28 de mayo de 2003, presentada por el Dr. EDGAR ENRIQUE MARCANO MATA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. 6.809.863, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 32.075, actuando con el carácter de Defensor Privado de los ciudadanos FRANKLIN ENRIQUE MATA MARCANO, GERARDO MATA BLASCO, JOSE ANTONIO GARCIA y JHONNY SOTO imputados en la presente causa signada con el no. 1C 18475-03, plenamente identificados en autos; en atención a lo contemplado en los artículos 108 numerales 1, 2, y 11; 190; 191; 210, 212 todos del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 34 numeral 8 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.
Publíquese, Regístrese, Notifíquese a las partes, Déjese Copia autorizada. Cúmplase.-
LA JUEZ,
WENDI Y. SAEZ RAMÍREZ
Seguidamente se dio cumplimiento al auto que antecede y así lo certifico.
EL SECRETARIO
CAUSA N° 1C 18475/03
WSR/HP/ws.