REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley decide : ACEPTAR al FIADOR: JUAN BAUTISTA GUEDEZ AZUAJE, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-06.058.254, ofrecido para el imputado CHACON ANDERSON CRISTIAN JOHAN, quién es venezolano, natural de Caracas, Dtto. Capital, de 19 años de edad, soltero, de profesión u oficio obrero, domiciliado en Mamera III, frente a la Bomba PDV, Casa N° 27, Caracas, Dtto. Capital y Titular de la Cédula de Identidad N° V-16.662.752, de conformidad con el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, Publíquese, déjese copia autorizada, líbrese boleta de excarcelación. Notifíquese. CUMPLASE.
Dada, firmada y sellada en al Sala de Audiencias del Tribunal TERCERO de Primera Instancia en Funciones de CONTROL del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, a los ocho (08) días del mes de Julio del año dos mil tres (2.003). Año 193° de la Independencia y 144° de la Federación.
LA JUEZA,
AURA ELENA GUZMAN DIAZ.
LA SECRETARIA
DORCY OSVAIRA GONZALEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA,
DORCY OSVAIRA GONZALEZ
CAUSA N° 3C-13.701-03
AEGD/ DOG/jcd.-