REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de control, No. 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA Con Lugar la solicitud presentada por la profesional del derecho MIRNA YEPEZ, en su carácter de Defensa Penal Pública del ciudadano PEDRO GABRIEL HERRERA GONZALEZ, natural de Los Teques, nacido el 17-11-1972, hijo de AURA GONZALEZ (V) Y PEDRO RAMON HERRERA (V), titular de la cédula de identidad No. V-11.037.348, de 30 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Clorador, laborando actualmente en el Instituto Nacional del Deporte (IND) y residenciado en Pan de Azúcar, Calle Lido, Casa Nº 3, Los Teques, Estado Miranda, la cual motivara EXAMEN DE MANTENIMIENTO DE MEDIDA cautelar sustitutiva de privación preventiva de libertad por parte de este órgano jurisdiccional, al amparo del artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, considerando procedente y ajustado a derecho el examen de la medida de coerción personal consagrada en el artículo 256 ejusdem en su modalidad del numeral 3, la cual fuera impuesta al investigado en decisión de fecha ocho (08) de Abril del año dos mil tres (2003); este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264, en relación con los artículos 246, 256, 260 y 263 ejusdem, en cuanto a la frecuencia del régimen de presentación periódica exigido al imputado, esto es, deberá el imputado presentarse ante la sede de este Tribunal de Primera Instancia en función de control, cada treinta (30) días. Para la modificación en el régimen de presentaciones se ha considerado el estricto, puntual y cabal cumplimiento que ha dado el investigado hasta la presente fecha de las presentaciones impuestas, y la posibilidad cierta y razonable de satisfacer el aseguramiento del imputado a efectos procesales con un régimen de presentación periódica más amplio. Regístrese, publíquese, déjese copia de la presente decisión y notifíquese a las partes.
LA JUEZ,

YANETT RODRÍGUEZ CARVALHO
LA SECRETARIA,

Abg. MARIA TERESA FRANCO ARCIA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, librándose boletas de notificación.

LA SECRETARIA

Abg. MARIA TERESA FRANCO ARCIA
YRC/lila*
CAUSA No. 6C16566/03