REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de control, No. 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Acuerda la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373, último aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, en atención al contenido de los artículos 13, 280, 282 y 300 ejusdem, y 257 de la Carta Magna. En consecuencia, remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio Público en su oportunidad procesal legal. SEGUNDO: Acuerda la LIBERTAD INMEDIATA Y SIN RESTRICCIÓN del ciudadano REYES ALBERTO ALMERIDA BLANCO, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, fecha de nacimiento 25-09-1983, hijo Glexis Jacqueline Blanco Ríos y Teodoro Almerida Reyes, titular de la cédula de identidad personal N° V-20.116.192, de 19 años de edad, (v), profesión u oficio obrero, , y domiciliado en el Barrio o Sector dos de agosto, parte baja, casa sin número, Paracotos, Estado Miranda; de conformidad con los artículos 44 numeral 1 y 49 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 8, 9, 243 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, y artículo 7 numeral 1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o “Pacto de San José de Costa Rica”, disposiciones estas aplicables en observancia de los artículos 7, 19, 23 y 334 de la Carta Magna, en concordancia con el artículo 19 del texto adjetivo penal vigente. Líbrese boleta de excarcelación. Regístrese, publíquese, déjese copia de la presente decisión.
LA JUEZ,

YANETT RODRÍGUEZ CARVALHO
LA SECRETARIA

Abg. MARIA TERESA FRANCO ARCIA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, librándose boleta de excarcelación Nro. 142/2003

LA SECRETARIA

Abg. MARIA TERESA FRANCO ARCIA






YRC/lila*
Causa No. 6C-19735/03