REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES

DISPOSITIVA

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de control, No. 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se acuerda la aplicación del procedimiento ordinario, de conformidad con el artículo 373, último aparte, del texto adjetivo penal vigente, en atención al contenido de los artículos 13 y 372 ejusdem, y 257 de la Carta Magna, debiendo remitirse las actuaciones en su oportunidad legal a la Fiscalía presentante a los fines legales consiguientes. SEGUNDO: Acuerda la libertad inmediata y sin restricción del ciudadano FRANCISCO DE FREITAS DE AZEVEDO, natural de Funchal, Portugal, nacido en fecha 22/10/1949, hijo de Antonio Azevedo de Freitas y Maria Felicidad Ferreira, 53 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V-784.305, estado civil casado, profesión u oficio comerciante y constructor, y domiciliado en Colinas de Carrizal, Calle El Mirador, Quinta 3F, Estado Miranda, de conformidad con los artículos 44 numeral 1 y 49 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 8, 9, 243, 250 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, y artículo 7 numeral 1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o “Pacto de San José de Costa Rica”, disposiciones estas aplicables en observancia de los artículos 7, 19, 23 y 334 de la Carta Magna, en concordancia con el artículo 19 del texto adjetivo penal vigente. Líbrese boleta de excarcelación. Habiendo sido pronunciado el dispositivo en audiencia, a tenor del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, quedan notificadas las partes de su contenido.
Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud fiscal.
Regístrese, publíquese, déjese copia de la presente decisión.
LA JUEZ,


YANETT RODRÍGUEZ CARVALHO




LA SECRETARIA


Abg. MARIA TERESA FRANCO ARCIA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, librándose boleta de excarcelación No. 145/2003.

LA SECRETARIA


Abg. MARIA TERESA FRANCO ARCIA










YRC/lila*
CAUSA Nro. 6C-19736-A/03