REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES
Los Teques, 23 de julio de 2003
192° y 143°
ACTUACION N° 3E2807-03
JUEZ: ROSA AMARISTA DE OROPEZA
SECRETARIA: HILDA OROPEZA
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
PENADO: FLORES BARBOZA RAFAEL ENRIQUE, titular de la cédula de identidad N° 14.480.642, de nacionalidad venezolana, natural de Los Teques, Estado Miranda, nacido en fecha 14/01/81, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, grado de instrucción tercer año de bachillerato, hijo de ONELIA BARBOZA y RAFAEL FLORES, residenciado en Barrio El Nacional, Sector El Milagro, Escalera N° 1, casa N° 59, cerca de una carpintería, Los Teques, Estado Miranda.
REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO: Dr. IBRAHIN ZARRAGA, Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Competencia en Régimen Penitenciario y Ejecución de Sentencias.
VICTIMA: BRICEÑO MEJIAS GREGORIO RAMON
DEFENSA: MERCEDES ADRIAN ALVAREZ, Defensora Pública del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda.
Compete a este Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, emitir pronunciamiento relacionado con la solicitud presentada por la Dra. MERCEDES ADRIAN ALVAREZ, actuando en su carácter de defensora del penado FLORES BARBOZA RAFAEL ENRIQUE, titular de la cédula de identidad N° 14.480.642, de nacionalidad venezolana, natural de Los Teques, Estado Miranda, nacido en fecha 14/01/81, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, grado de instrucción tercer año de bachillerato, hijo de ONELIA BARBOZA y RAFAEL FLORES, residenciado en Barrio El Nacional, Sector El Milagro, Escalera N° 1, casa N° 59, cerca de una carpintería, Los Teques, Estado Miranda, en la cual reiteradamente platea el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Pena para su defendido.
En tal sentido este Tribunal antes de decidir observa:
El ciudadano FLORES BARBOZA RAFAEL ENRIQUE, titular de la cédula de identidad N° 14.480.642, cumple con todas y cada una de las exigencias señaladas en el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal para la obtención del beneficio solicitado, así como también ha obtenido una calificación FAVORABLE en la evaluación psico-social practicada en fecha 14 de julio de 2003 por el equipo técnico del Centro de Evaluación y Diagnóstico correspondiente a la Coordinación Regional de Tratamiento No Institucional del Ministerio del Interior y Justicia, Región Capital; la pena impuesta en la sentencia es menos de cinco (05) años, ya que el mismo fue sentenciado a dos (02) años de prisión, asimismo el mencionado penado presentó oferta de trabajo donde el ciudadano CALIXTO DIAZ, titular de la cédula de identidad N° E-81.736.805 se compromete a mantener bajo supervisión y empleo al penado FLORES BARBOZA RAFAEL ENRIQUE como ayudante de mecánica.
Por otra parte, no ha sido admitida en su contra acusación alguna por la comisión de un nuevo delito ni le ha sido revocada alguna fórmula alternativa de cumplimiento de pena que le hubiese sido otorgada con anterioridad, en consecuencia, este Tribunal acuerda conceder el beneficio solicitado por ser procedente y en consecuencia se dictará el pronunciamiento respectivo una vez que conste en autos los recaudos requeridos. Y ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en el Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda conceder al ciudadano FLORES BARBOZA RAFAEL ENRIQUE, titular de la cédula de identidad N° 14.480.642, de nacionalidad venezolana, natural de Los Teques, Estado Miranda, nacido en fecha 14/01/81, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, grado de instrucción tercer año de bachillerato, hijo de ONELIA BARBOZA y RAFAEL FLORES, residenciado en Barrio El Nacional, Sector El Milagro, Escalera N° 1, casa N° 59, cerca de una carpintería, Los Teques, Estado Miranda, el beneficio solicitado por su Defensa la Dra. MERCEDES ADRIAN ALVAREZ, Defensora Pública Penal del Estado Miranda, ser procedente y en consecuencia se dictará el pronunciamiento respectivo una vez que conste en autos los recaudos requeridos.
Regístrese, diarícese, publíquese, líbrese boleta de traslado y notificaciones. Cúmplase.
La Juez,
ROSA AMARISTA DE OROPEZA
LA SECRETARIA,
HILDA OROPEZA
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior,
LA SECRETARIA,
HILDA OROPEZA
RAO/MTF/angela.-
Causa Nº 3E2807/03.