REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES
Los Teques, 03 de julio de 2.003.
193º. y 144º.
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control de esta Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, en fecha 03/06/2003, publicada en fecha 04/06/2003, mediante la cual se sentenció al SE OMITE IDENTIFICACION, a cumplir las medidas de: LIBERTAD ASISTIDA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD por un lapso de UN (1) AÑO AMBAS MEDIDAS, por ser responsable de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en los artículos 460 en concordancia con el artículo 80 primer aparte y 278 todos del Código Penal. Désele entrada y anótese en los libros que para tal fin lleva este Tribunal. Así mismo, a los fines de la Imposición de las medidas impuestas, se acuerda el traslado del SE OMITE IDENTIFICACION, del Internado Judicial de Los Teques, a la Sede de este Tribunal, el día jueves 10-07-2.003, a las 10:00 a.m., a los fines de celebrar la audiencia respectiva. Notifíquese a la Representante del Ministerio Público y a la Defensora Pública. Emítase boleta de traslado y Oficio al Tribunal 5° de Control.- Cúmplase.-
La Juez.,
CONSTANZA GONZALEZ FRANCO
La Secretaria.
GINETH OUTUMURO PULIDO
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.-
La Secretaria.
GINETH OUTUMURO PULIDO
CGF/gha
1E-208/2.003