REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CON FUNCIONES DE CONTROL



GUARENAS, 28 DE JULIO DEL 2003.
192 Y 144



JUEZ: DRA. NANCY MARINA BASTIDAS DE GARCIA.
SECRETARIA: ABG. JESSICA JOSEFINA PEREIRA CASTILLO.
FISCALIA QUINTA: DRA. MARIA ELISA RAMOS.
DEFENSA PRIVADA: DRA. NORAIDA HERNANDEZ.
ACUSADO: MELENDEZ MARCOS ANTONIO.


Siendo el día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la causa seguida al ciudadano MELENDEZ MARCOS ANTONIO, ampliamente identificada en autos anteriores, se verifica la presencia de las partes, se da inicio al Acto. La juez le cede la palabra a la Fiscal quien Expone:”De conformidad con las atribuciones que me confiere la Ley Orgánica del Ministerio Público en su artículo 34 numeral 11 en concordancia con el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, presento formal Acusación en contra del ciudadano MELENDEZ MARCOS ANTONIO , ampliamente identificada en autos anteriores por la comisión del Delito de HOMICIDIO INTENCIONAL con las agravantes establecidas en los ordinales 11° y 12° del artículo 77 ambos del Código Penal. Fundamento la presente acusación en los siguientes elementos:
1. Acta Policial de fecha 15-06-02, suscrita por los funcionarios LUIS SILVA Y MILANGELA MARTINEZ, adscritos a la Seccional del Guarenas del C.I.C.P.C.
2. Acta de Inspección Nro 748 de fecha 25-07-02, suscrita por los funcionarios LUIS SILVA Y MILANGELA MARTINEZ, adscritos al C.I.C.P.C, Seccional de Guarenas.
3. Acta de Inspección Ocular Nro 749, de fecha 25-07-02, suscrita por los funcionarios LUIS SILVA Y MILANGELA MARTINEZ, adscritos al C.I.C.P.C, Seccional de Guarenas.
4. Acta de Entrevista rendida por ante la Seccional de Guarenas del C.I.C.P.C, por el ciudadano CORREDOR APONTE KEVIN EDUARDO.
5. Acta de Entrevista rendida por ante la Seccional del C.I.C.P.C Guarenas, por el ciudadano NAGUANAGUA ISMAEL JOSE.
6. Acta de Entrevista rendida por ante la Seccional de Guarenas del C.I.C.P.C, por el ciudadano ABREU MORENO JAURIS A.
7. Acta de Entrevista rendida por ante la Seccional de Guarenas del C.I.C.P.C, por la ciudadana MOLINA CORDOVA ANTONIETTA ARACELIS.
8. Acta de Entrevista rendida por ante la Seccional de Guarenas del C.I.C.P.C, por la ciudadana CORDOBA DE MACHADO MARIA DE LAS NIEVES.
9. Acta de Entrevista rendida por ante la Seccional del C.I.C.P.C, por el ciudadano VASQUEZS JUAN ALERCIO.
10. Acta de Entrevista rendida por ante la Seccional de Guarenas del C.I.C.P.C, por el ciudadano MENDOZA AVARIANO SILVESTRE.
11. Reconocimiento Legal, hematológico y determinación de presencia de ion nitrato nitrito, practicada por expertos adscritos al Departamento de Microanálisis del C.I.C.P.C.
12. Declaración de los funcionarios que practicaron la experticia de Microanálisis del C.I.C.P.C.
13. Protocolo de Autopsia practicado al cadáver de quien vida respondiera al nombre de ELIZABETH APONTE HERNANDEZ.
14. Declaración de la Médico Anatomopatologo Forense adscrito al Departamento de Medicina Legal del C.I.C.P.C.
15. Acta de Levantamiento de Cadáver suscrito por el DR. AUGUSTO SOTO, Médico Forense adscrito al C.I.C.P.C Seccional de Guarenas.
Por todo lo antes expuesto solicito se Admitida Totalmente la presente acusación ,así como todos los elementos de Prueba en que se fundamenta, se mantenga la Medida Cautelar , se decrete el respectivo Auto de Apertura a Juicio. Seguidamente se impone a la ciudadana MELENDEZ MARCOS ANTONIO, del Precepto Constitucional establecido en el artículo 49 Ordinal 5to de la C.N. Y de las Medidas Alternativas a la Prosecución del Proceso, se le pregunto sobre su deseo de Declarar y Expuso:” Yo soy Inocente de lo que se me acusa y por eso quiero ir a Juicio, le cedo la palabra a mi defensa. Es todo.” Acto seguido le es cedida la palabra a la Defensa DRA. NORAIDA HERNANDEZ quien Expone:” En virtud de que mi defendida se declara inocente solicito muy respetuosamente se decrete el Auto de Apertura a Juicio ratifico en todo y cada uno de sus partes el escrito de Contestación a la acusación interpuesto en fecha 28-09-02 y promuevo las pruebas ofrecidas en dicho escrito asimismo solicito se le mantenga la Medida Cautelar que viene disfrutando. Luego de escuchadas a cada una de las partes este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela hace el siguiente Pronunciamiento:
1. Admite Totalmente la acusación interpuesta por la Fiscal Quinto del Ministerio Público en contra del ciudadano MELENDEZ MARCOS ANTONIO, por la comisión del Delito de HOMICIDIO INTENCIONAL artículo 407 con las agravantes del artículo 77 ordinales 11° y 12° ambos del Código Penal .
2. Se Admiten todas las Pruebas ofrecidas por la Representante del Ministerio Público, como las de la Defensa, por ser Lícitas, Pertinentes Legales y necesarias para el total esclarecimiento de los hechos.
3. Se mantiene la Medida Cautelar de la cual viene disfrutando la ciudadana MARCOS ANTONIO MELENDEZ.
4. Se decreta el Auto de Apertura a Juicio.
5. Se convoca a las partes a que comparezcan ante el Juez de Juicio en un plazo común de cinco días.
6. Se instruye a la Secretaria a que remita las presentes actuaciones al Juez de Juicio una vez transcurrido el lapso legal correspondiente .Quedan las partes notificadas de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.

LA JUEZ DE CONTROL NRO 01,


DRA. NANCY MARINA BASTIDAS DE GARCIA



LA DEFENSA,


LA ACUSADA,



LA FISCAL,




LA SECRETARIA,


1C.11221-02.