REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSION BARLOVENTO, SECCION ADOLESCENTES
GUATIRE.
TRIBUNAL DE EJECUCION


Guatire, Veintiuno (21) de Julio del año dos mil Tres (2.003).
193º y 144º


CAUSA N º 1 E121-01

JOVEN: (Identidad Omitida. Art. 65 y 545 de la L.O.P.NA.)

FISCAL 18º DEL MINISTERIO PUBLICO, DR. OMAR JIMENEZ.

DEFENSOR: DR. NÉSTOR PEREYRA, (Defensor Público
Sexto).

VICTIMA: GOMEZ NORMA JOSEFINA.

DELITO: ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR. (Art.
05 y 06 Numerales 01,03 y 10 de la Ley Sobre el
Hurto y Robo de Vehículos Automotores).


Vistas y analizadas como han sido las actas que conforman el
presente expediente y verificado el cómputo del tiempo en que debe cumplir el joven (Identidad Omitida. Art. 65 y 545 de la L.O.P.NA.)
las Medidas de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta previstas en los Artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que les fuera impuestas por este Tribunal de Ejecución en fecha Veinticinco (25) de Noviembre del año dos mil dos (2.002), por el lapso de SIETE (07) MESES y DIECISIETE (17) DÍAS, a cuyo efecto observa esta Juzgadora:

En cuanto al cumplimiento de las Medidas de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta, evidencia este Juzgado a través de Informe Final, cursante a los folios N° 91 y 92 de la Segunda Pieza del presente expediente, lo siguiente:

PLANO EDUCATIVO:

El joven en estudio cuenta con cuarto (4°) grado aprobado en la U.E. “Miguel Otero Silva” de las Clavellinas, Guarenas. Actualmente desincorporado del Sistema Educativo formal. Cabe destacar que durante el tiempo que permaneció internado en (SEPINAMI) realizó los siguientes cursos: Mantenimiento de Edificaciones Civiles, Computación, Liderazgo, Cerámica.

PLANO LABORAL:

Actualmente se encuentra incorporado al mercado laboral, desempeñándose como encargado de la recuperadora “Luarnu” propiedad del padre del joven, Señor Luis Armando Núñez.

CONDUCTA OBSERVADA:

El joven ha mantenido una conducta adecuada, durante el tiempo que ha comparecido al Servicio de Libertad Asistida, ha cumplido con sus citas pautadas, Se viste acorde a su edad y sexo. Se dirige con respeto hacia el personal que labora en el Servicio, acata normas y sugerencias. Se le augura buen pronóstico al término de la medida.

Asimismo evidencia este Juzgado a través del Libro de Presentaciones que el mencionado joven ha cumplido a cabalidad con las presentaciones por ante este Tribunal.


Ahora bien por cuanto ha transcurrido el lapso establecido para el cumplimiento de las medidas impuestas y de conformidad con lo establecido en los artículos 645 y 647 literales “a” y “h” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal ACUERDA DECRETAR EL CESE DE LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA e IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA impuestas al joven (Identidad Omitida. Art. 65 y 545 de la L.O.P.NA.). ASÍ SE DECLARA.-

Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guatire, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA el CESE DE LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA e IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA previstas en los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dictadas al joven (Identidad Omitida. Art. 65 y 545 de la L.O.P.NA.), acordándose así su LIBERTAD PLENA, todo ello conforme lo establecen los artículos 645 y 647 literales “a” y “h”de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescente, con sede en Guatire, a los Veintiún (21) días del mes de Julio del año dos mil tres (2.003). Año 193° de la Independencia y 144° de la Federación.
LA JUEZ DE EJECUCION


DRA. ZUMILDE BARRETO HERNANDEZ

LA SECRETARIA


DRA. YADIRA HENRIQUEZ MACHADO

En ésta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA



DRA. YADIRA HENRIQUEZ MACHADO


Act. 1E121-02
ZBH/YHM/.