REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley Acuerda Primero: Continuar la presente investigación por los tramites del procedimiento ordinario todo de conformidad con lo establecido en los artículos 373 Código Orgánico Procesal Pena en concordancia con el articulo 283 ejusdem. Segundo: Imponer al ciudadano JUAN CARLOS CORDERO, de Nacionalidad Venezolana, residenciado Marare, calle principal el Peñón, casa sin nro , nacido en fecha 22-07-83, de profesión u oficio obrero , de Estado Civil soltero y titular de la cédula de identidad Nro. 19.494.882, de Padres Georgina Cordero (v) y Cosmes Palacios (f), la medida cautelar sustitutiva de Libertad contenida en el articulo 256 ordinales 3° y 2°, como es la presentación cada quince (15) días por ante el área del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal por el lapso de seis (06) meses, asi como la obligación de someterse a la vigilancia de un familiar quin debera consignar constancia de residencia y buena conducta que lo acredite como familiar del investigadao, hasta tanto de cumplimiento a la medida anterior permanecera detenido preventivamente a la orden de este Tribunal en la Sede de la Comisaría de la Policia del Estado Miranda (IAPEM) Regíon 2 seccional Charallave, por la presunta comisión del delito Posesión de Sustancia Estupefacientes y Psicotropicas previsto y sancionado en el articulo 36 de la Ley Organico Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotropicas, Líbrese el correspondiente Oficio. Quedan notificadas las partes .Se declara cerrada la audiencia.
LA JUEZ DE CONTROL NRO. 1
Dra. ADALGIZA MARCANO
LA SECRETARIA
ABG. YOELXSI K. URBINA MARTINEZ