REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA APLICACION DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO establecido en los artículos 283 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 373, ejusdem. SEGUNDO: Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad al imputado LI JING CAI, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 82.092.291, de nacionalidad China, residenciado en el local comercial N° 141, donde funciona la Comercial Oriental China, ubicada en la Avenida Bolívar de Charallave, Estado Miranda; por estar incurso en la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408, ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano FENG LIXING; de conformidad con lo establecido en los ordinales 1°, 2° y 3 ° del Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, ordinales 2° y 3° y parágrafo primero del Artículo 251, ejusdem.
Publíquese, Regístrese, Diarícese y Cúmplase
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
Abg. ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO
LA SECRETARIA
ABG. YOLEXSI K. URBINA MARTINEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. YOLEXSI K. URBINA MARTINEZ