REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
DISPOSITIVA
Este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley Acuerda Primero: Continuar la presente investigación por los tramites del procedimiento ordinario todo de conformidad con lo establecido en los artículos 373 Código Orgánico Procesal Pena en concordancia con el articulo 283 ejusdem. Segundo: Imponer a los ciudadanos MIGDALIA COROMOTO CASTILLO de Nacionalidad Venezolana,, residenciado en las Brisas, zona 2, calle principal, parte baja, casa sin nro. Charallave, Estado Miranda, nacido en fecha 21-07-61, de profesión u oficio del hogar, de Estado Civil soltera y titular de la cédula de identidad Nro. 8.780.785,de Padres: Santa Castillo (f) y José Alberto Hernández (v) y al ciudadano CESAR ARMANDO MORENO RENGIFO, de Nacionalidad Venezolana,, residenciado en las Brisas, zona 2, calle principal, parte baja, casa sin nro. Charallave, Estado Miranda, nacido (s) en fecha 26-06-78, de profesión u oficio obrero, de Estado Civil soltero y titular de la cédula de identidad Nro. 15.701.122, de Padres: Miriam Rengifo Coromoto (v) y Rafael Armando Moreno Guevara (v) , la medida cautelar sustitutiva de Libertad contenida en el articulo 256 ordinal 3°, 5° y 4° como es la presentación cada ocho (8) días por ante el área del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal por el lapso de seis (06) meses, contados a partir de la presente fecha; prohibición de concurrir a lugar de los hechos donde fueron aprehendidos y prohibición de la salida de la jurisdicción de los Valles del Sin autorización del Tribunal por la presunta comisión del delito Hurto Agravado previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8° del Código Penal. Quedan notificadas las partes .Se declara cerrada la audiencia.
La Juez
ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO
EL FISCAL
LA DEFENSORA
LOS IMPUTADOS
LA SECRETARIA
ABG. YOLEXSI K. URBINA MARTINEZ