REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

D I S P O S I T I V A

Por lo antes expuesto, este Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD interpuesta por el Defensor Público DR. FRANCISCO CARLOMAGNO, ratificando la medida cautelar sustitutiva de libertad impuesta en fecha 16-05-03, al ciudadano CLIMACO MIGUEL ANDRES, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.895.618, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal ordinales 1° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, regístrese, notifíquese a las partes y déjese copia de la presente decisión.

EL JUEZ QUINTO DE CONTROL


DR. LEO JOSE MATA BLANCO
LA SECRETARIA

ABG. MARLUIZOR GARCIA
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA

ABG. MARLUIZOR GARCIA