REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES. SALA DE JUICIO. JUEZ PROFESIONAL No.1
Los Teques, 25 de Julio de 2003
Vista la solicitud interpuesta por la ciudadana GLADYS IRENE VALLEJOS DE SOSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.627.585, actuando en su nombre y en representación de su hijo WILMER JOSE SOSA VALLEJO, así como procreó a los ciudadanos LEONEL DE JESÚS SOSA JIMÉNEZ y MANUEL GREGORIO SOSA GOMEZ, visto igualmente el justificativo evacuado en esta sala de Juicio, con las testimoniales rendidas por los ciudadanos SEJOR MARINA, HERNÁNDEZ MILAGROS y GARCIA JUAN, titulares de las cédulas de identidad No.3.410.895, 15.914.000 y 3.782.238, respectivamente, quienes manifestaron conocer al hoy fallecido MANUEL ESPIDITO SOSA FERNANDEZ; que el finado y la solicitante contrajeron matrimonio e, igualmente, manifestaron saber y constarles que dejó como únicos y universales herederos a sus hijos WILMER JOSE SOSA VALLEJO, LEONEL DE JESÚS SOSA JIMÉNEZ y MANUEL GREGORIO SOSA GOMEZ, así como a su cónyuge GLADYS IRENE VALLEJOS; considerando suficientes los recaudos presentados por la solicitante cursantes a las presentes actuaciones, consistente en copias del acta de defunción, de matrimonio y de las actas de nacimiento de sus hijos, esta Sala de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, con fundamento en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido MANUEL ESPEDITO SOSA FERNANDEZ, a los ciudadanos GLADYS IRENE VELLEJOS DE SOSA, WILMER JOSE SOSA VALLEJO, LEONEL DE JESÚS SOSA JIMÉNEZ y MANUEL GREGORIO SOSA GOMEZ, Y ASI SE DECIDE EXPRESAMENTE, quedando a salvo, por supuesto, los derechos de terceros. Regístrese la presente declaratoria en el Libro Diario y devuélvanse las actuaciones originales con sus resultas a la solicitante, previa certificación por secretaria, a los fines consiguientes. Cúmplase.
LA JUEZ,
DRA. ZULAY CHAPARRO HERRERA
EL SECRETARIO,
Exp. S-0484/2003
ABG. NICOLAS MORANTE
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
EL SECRETARIO,
ABG. NICOLAS MORANTE
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