REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES. SALA DE JUICIO. JUEZ PROFESIONAL No.1

Los Teques, 28 de Julio de 2003

Vista la solicitud interpuesta por la ciudadana PETRA EUGENIA FIGUEROA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.6.461.376, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos GABRIELA PEREZ FIGUEROA, DAYANA MERCEDES PEREZ FIGUEROA, DOUGLAS SIMON PEREZ FIGUEROA y de los hermanos de éstos, consecuentemente, ALEIDA JOSEFINA, MIRTHA COROMOTO, CARMEN YHAJAIRA, NELSON RAFAEL y YOEL SIMON PEREZ MUJICA, visto igualmente el justificativo evacuado en esta sala de Juicio, con las testimoniales rendidas por los ciudadanos NALDO MACHADO GARCIA, SANTOS NAVAS y YASMIN ANGULO LADERA, titulares de las cédulas de identidad No.11.411.990, 3.166.853 y 6.255.693, respectivamente, quienes manifestaron conocer a la solicitante y a su concubino hoy fallecido SIMON TADEO PEREZ; e, igualmente, manifestaron saber y constarles que falleció el 29.10.02 y que dejó como únicos y universales herederos a su concubina y a sus hijos; considerando suficientes los recaudos presentados por la solicitante cursantes a las presentes actuaciones, consistente en copias certificadas del acta de defunción y de las actas de nacimiento de sus hijos y hermanos, carta de concubinato, esta Sala de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, con fundamento en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido SIMON TADEO PEREZ, a los ciudadanos PETRA EUGENIA FIGUEROA PEREZ, GABRIELA PEREZ FIGUEROA, DAYANA MERCEDES PEREZ FIGUEROA, DOUGLAS SIMON PEREZ FIGUEROA, ALEIDA JOSEFINA, MIRTHA COROMOTO, CARMEN YHAJAIRA, NELSON RAFAEL y YOEL SIMON PEREZ MUJICA, Y ASI SE DECIDE EXPRESAMENTE, quedando a salvo, por supuesto, los derechos de terceros. Regístrese la presente declaratoria en el Libro Diario y devuélvanse las actuaciones originales con sus resultas a la solicitante, previa certificación por secretaria, a los fines consiguientes. Cúmplase.
LA JUEZ,

DRA. ZULAY CHAPARRO HERRERA
EL SECRETARIO,
Exp. S-1507/2003
ABG. NICOLAS MORANTE
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
EL SECRETARIO,

ABG. NICOLAS MORANTE