REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE LOS TEQUES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES. SALA DE JUICIO. JUEZ PROFESIONAL No.1
Los Teques, 31 de Julio de 2003
Vistas las anteriores actuaciones y por cuanto, en fecha 21.07.03, la ciudadana NANCY COROMOTO GARCIA, manifestó que, por cuanto sus hijos alcanzaron la mayoría de edad y no existen fondos por obligación alimentaria por retirar, solicita se de por terminado con el presente juicio, con lo cual, entiende la juzgadora desistió del procedimiento que por Cumplimiento de Obligación Alimentaria incoara contra el ciudadano EDGARD BELISARIO, considerando que, aún cuando los derechos de infancia y adolescencia son de orden público, siendo el derecho alimentario un derecho humano fundamental de aquellos, en el presente caso en modo alguno se trata del quantum mensual ordinario de la obligación alimentaria, sino de las sumas adeudadas por el deudor alimentario, supuesto en el cual el desistimiento debe ser admitido, considerando que las necesidades de los hijos fueron cubiertas por la madre misma y, por tanto, ésta puede disponer del objeto del juicio, por consiguiente debe entenderse facultada para desistir, habiendo sido ésta quien intento la acción, es por lo que lo procedente y ajustado a derecho HOMOLOGAR el desistimiento producido y, en consecuencia, DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en conformidad con el artículo 266, en relación con el artículo 265 ejusdem, Y ASI SE DECLARA EXPRESAMENTE. Regístrese el presente auto. Cúmplase.
LA JUEZ,
DRA. ZULAY CHAPARRO
EL SECRETARIO,
ABG. NICOLAS MORANTE
En esta misma fecha se cumplió lo ordenado.
EL SECRETARIO,
ABG. NICOLAS MORANTE
Exp.7640-02