REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES



Los Teques, 08 de Julio de 2003.
193° y 144°


Vistas las actuaciones que integran el presente expediente, en especial la diligencia que antecede, y habiéndose llenado los extremos de Ley, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, DISCIERNE EL CARGO DE CURADOR AD-HOC, del niño: NELSON JAVIER CARRILLO JIMENEZ, en la persona de la ciudadana: ALIDA JOSEFINA RAMONES ASCANIO, titular de la cédula de identidad Nro: V-6.874.080, conforme a lo establecido en el artículo 110 del Código Civil.

Y por cuanto la presente causa alcanzó su fin natural, SE ORDENA el cierre y Archivo del presente expediente, remitiéndolo al archivo judicial para su resguardo y cuido. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejándose copia certificada inserta en autos, previa constancia de las mismas en el libro diario llevado por esta Sala de Juicio.
EL JUEZ

Dr. ROCCO OTELLO
LA SECRETARIA

Abg. BEATRIZ C. GIRON
Exp Nro 1822
RO-BCG-cris.