REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA JUEZ UNIPERSONAL N° 2

Guatire, 01 de julio del 2003
193° y 144°

Visto el convenimiento presentado por los ciudadanos: REINALDO JOSE MIJARES CRUZ y NERY MIREY CARRERO RAMÍREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.487.002 y 12.829.621, respectivamente, relativo al Régimen de Visitas, que deberá cumplir el ciudadano REINALDO JOSE MIJARES CRUZ, con respecto a su hijo, el niño EDISON JOSE MIJARES CARRERO, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA HOMOLOGAR dicho Convenimiento en los mismos términos y condiciones establecidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Archívese el presente Expediente. Cúmplase.-
LA JUEZ TEMPORAL



DRA. MATILDE E. LOPEZ GUERRERO



LA SECRETARIA


ABG. JUDITH LOVERA PEDRON

NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

LA SECREATRIA


ABG. JUDITH LOVERA PEDRON
Exp. N°. 03/3488
ALO*JLP*mm**