REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
SOLICITANTES: RAÚL ANTONIO SOLÓRZANO TORTOZA y OLGA YANET SOLÓRZANO TORTOZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.874.168 y 6.870.580, respectivamente.-
ABOGADO ASISTENTE: ROMÁN ALFREDO LOAIZA PERAZA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 42.006.-
MOTIVO: ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS.-
EXPEDIENTE NRO: 03-S-39280.
-I-
Mediante escrito presentado en fecha 12/06/2003, en el sistema de distribución, correspondiendo a este tribunal su conocimiento, los ciudadanos RAÚL ANTONIO SOLÓRZANO TORTOZA, VICENTE ENRIQUE SOLÓRZANO TORTOZA y OLGA YANET SOLÓRZANO TORTOZA, solicitan se declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su madre decujus OLGA TORTOZA .-
Ahora bien, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre la admisión o no de la presente solicitud, el tribunal hace las siguientes consideraciones:
-II-
De la revisión y lectura del escrito presentado en fecha 12/06/2003, el tribunal observa que la decujus OLGA SOLORZANO, falleció en el Hospital Lic. JOSÉ MARÍA BENÍTEZ, de la ciudad de la Victoria, Municipio José Félix Ribas, del Estado Aragua. En este sentido, el Tribunal se considera incompetente por el Territorio para conocer la presente solicitud, toda vez que el lugar de fallecimiento de la decujus, esta situado dentro de los limites jurisdiccionales de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En consecuencia este tribunal declina su competencia por Territorio, en un Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, para que conozca de la presente solicitud de Únicos Universales Herederos, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.-
-III-
En fuerza de lo expuesto este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLINA SU COMPETENCIA POR EL TERRITORIO, para conocer la presente solicitud, incoada por los ciudadanos RAÚL ARTURO SOLÓRZANO TORTOZA y OLGA JANETT SOLÓRZANO TORTOZA, antes identificados, en un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en consecuencia se ordena remitir de inmediato el presente expediente al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua junto con oficio.-
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despachos del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques, a los veinticinco (25) días del mes de Junio de dos mil tres . Años 193º y 144º.-
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,
ISABEL C. BLANCO CARMONA
HJAS/ICBC/Jacqueline.
Expt. Nro. 03-S-39280.
|