REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

Recibida del sistema de distribución de causas, correspondiéndole el conocimiento de la misma a este Tribunal, la anterior solicitud de Partición de la Comunidad Conyugal, formulada por los ciudadanos MARIA DEL CARMEN MARTIN DOMINGUEZ y ENRIQUE CONCEPCION RODRIGUEZ MIRANDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos.V-10.500.636 y V- 3.415.941 respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio VICENTE CILIBERTI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº.1041, y visto el pedimento en el mismo contenido, este Tribunal conforme a lo establecido en el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la PARTICION convenida por ambos, en los mismos términos expresados en dicha solicitud, y le da carácter de cosa juzgada. De igual modo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas, con inclusión del presente auto. Las certificaciones se hacen de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
LA SECRETARIA,

ABG. ROSANGEL MARIN
VJGJ/nr
EXP. N° 13638