REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGDO DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY.-


Ocumare del Tuy, 23 de Julio del 2.003.
193º y 144º


AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN EXP. L- 568/03


JUEZ TEMPORAL DEL MUNICIPIO LANDER: Dr., GUILLERMO FRANCISCO CORREDOR VARGAS

FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: DRA. FRANCISS HERNANDEZ LLOVERA (FISCAL 17° DEL MINISTERIO PÚBLICO).

ADOLESCENTES INVESTIGADOS: IDENTIDADES OMITIDAS.-.

DEFENSOR PÚBLICO: Dr., ELIAS ALVAREZ LEAL.-

VICTIMA: EMPRESAS VENTUPLAS.-

SECRETARIA: ABG. MARIA ALEJANDRA ORTA MERCHAN.

En el día de hoy, Miércoles Veintitrés (23) de Julio del 2003, siendo la 03:00 a.m., día y hora fijado por este Tribunal Del Municipio Lander, para que tenga Lugar la Audiencia de Presentación de los Adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, Indocumentados.-

Preside este acto el Juez Temporal del Municipio Lander Dr., GUILLERMO FRANCISCO CORREDOR VARGAS, quien solicita a la ciudadana Secretaria, verifique la presencia de las partes en la sala de Audiencias del Tribunal. Se deja constancia que se encuentran presentes, la Fiscal 17° del Ministerio Público, Dra. FRANCISS HERANDEZ LLOVERA: Los Adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, de 15 años de edad, natural de Ocumare del Tuy, Estado Miranda, donde nació el 05/01/01.988, de profesión u oficio estudiante de Cuarto año en el Liceo Rosa Peña de esta ciudad, hijo de LEDYS ELENA BARRAGAN (V) y de ALVARO JOSE GONZALEZ (V), domiciliado en Ocumare del Tuy, Araguita 01, Sector Las Casitas, Nº. 35 y manifestó ser titular de la Cédula de Identidad Nº. V- 18.840.541 y IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, de 16 años de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació el 05/09/1.986, de profesión u oficio Obrero, hijo de ENRIQUE DANIEL REYES (V) y de ISMERI COROMOTO MEJIAS (V), domiciliado en Caracas, Distrito Capital, Carretera Vieja Los Teques, Sector Puerta Verde, casa Nº. 45, manifestando no tener cédula de identidad aportando a la presente audiencia copia de la partida de nacimiento.- se deja expresa constancia que se encuentran presente en este acto los representante legales de los adolescentes antes mencionados, ciudadanas BARRAGAN CABRERA LEDIS ELENA, identificándose con el pasaporte Nº CC 521366669, y MEJIAS GIMENEZ ISMERI COROMOTO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.781.669; El Defensor Público, Dr., ELIAS REINALDO ALVAREZ LEAL.- Seguidamente se le cede la palabra al Representante del Ministerio Público, Dr., FRANCISS HERNANDEZ LLOVERA, quien expuso: “El Ministerio Público realiza la presentación de los Adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, de 15 Y 16 años de edad, quienes consignaron en este acto documentos de identificación, y quien fue aprehendidos por funcionarios adscritos a la IAPEM de Ocumare del Tuy, por la presunta comisión del delito que hasta ahora se precalifica como HURTO CALIFICADO del artículo 455 ordinal 9º del Código Penal Vigente, en grado de Frustración según el artículo 80 último aparte ejusdem, como el delito no merece Privación de Libertad como sanción y se encuentran presentes sus representantes legales, solicito las medidas cautelares del artículo 582 literales B y C de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, a los fines de promover un Acto Conciliatorio. Es Todo.”.- En este estado y visto que en la presente causa existe Dos coimputados el Juez ordena que se retire de la Sala El Adolescente IDENTIDAD OMITIDA antes identificado, ordenando se quede en la misma el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a quien le fue el artículo 49 numeral 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, quien expuso “Le cedo la palabra a mi defensor público. Es Todo”.-En este estado se ordena entre a la sala de Audiencia el Adolescente IDENTIDAD OMITIDA antes identificado, a quien le fue el artículo 49 numeral 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, quien expuso “Le cedo la palabra a mi defensor público. Es Todo”.- Seguidamente se le sede la palabra al Defensor Público, quien expuso: “Solicito la Libertad Plena e inmediata de conformidad con lo establecido en el artículo 37 y 548 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en virtud que de las actuaciones se desprende que no hay la comisión de un hecho punible, por estas razones esta defensa pública se opone a la calificación Fiscal, por considerar que no hay elementos suficientes de convicción y hechos como prueba que encaje en la tipificación de un hecho punible alguno, no incautándosele nada ilegal al momento de su supuesta detención como consta del acta policial, tampoco hubo presencia de testigos que certifiquen o que garanticen la detención de mis defendidos cometiendo algún hecho punible, según lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal. Es Todo.” Oídas las exposiciones del Representante del Ministerio Público, de los Adolescente, el defensor Público, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY, “Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a las atribuciones conferidas en el artículo 666 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Juzgador observa que el acta policial hay suficientes evidencia de los hechos cometidos que se les imputan a los adolescentes aún cuando el delito quedó frustrado, este Juzgador ordena la presentación ante el Tribunal cada (15) días por un lapso de tres meses, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 582 literal C de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por lo que ordena la libertad de los mencionados adolescentes desde la sede de este Tribunal y la entrega a sus representantes legales, ciudadanas BARRAGAN CABRERA LEDIS ELENA, Pasaporte Nº. CC 52136669 y MEJIAS GIMENEZ ISMERI COROMOTO, Cédula Nº. 10.781.669. Líbrese oficio. Es Todo.”Terminó, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ TEMPORAL.,

Dr., GUIILLERMO FRANCISCO CORREDOR VARGAS



LOS ADOLESCENTES.,



IDENTIDAD OMITIDA IDENTIDAD OMITIDA




EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO.,


Dra., FRANCISS HERNANDEZ LLOVERA



LOS REPRESENTANTES LEGALES.,

BARRAGAN CABRERA LEDIS ELENA MEJIAS GIMENEZ ISMERI COROMOTO





LA SECRETARIA.,


Abg., MARIA ALEJANDRA ORTA MERCHAN


EXP. L- 568/03
GFCV/ MAOM/yely.