REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL LOS TEQUES
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del circuito Judicial penal del Estado Miranda, considera que lo procedente y ajustado a derecho es decretar PRIMERO: Una vez analizada las actas que integran el presente expediente, considera este Juzgado que una vez de haber escuchado lo planteado por el Ministerio Publico el cual es el titular de la acción penal en cual se desprende que no califica delito alguno en contra del ciudadano RICHARD PEREZ JESUS, y por imperativo de la ley el Art 250 del Código Orgánico Procesal Penal, facultad al Ministerio Publico a los fines de solicitar se decrete alguna medida de coerción personal en consecuencia este Tribunal decreta la LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano RICHAR JESUS PEREZ CORREA, venezolano, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad N° 12.414.200, de 30 años de edad, residenciado Ramo Verde Edificio Cristal, piso 6 apto 61-A Los Teques, Estado Miranda ,por considerar que no se encuentra lleno los artículos anteriormente señalado y se decreta el procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en el articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO Quedan notificada las partes de la presente decisión de conformidad a lo establecido en el articulo175 del Código Orgánico Procesal Penal, librase la respectivas boletas de excarcelación y ASI SE DECLARA, Regístrese y Publíquese la Presente Decisión. TERMINO, SE LEYO Y CONFORME FIRMAN
LA JUEZ
NATTY MEDINA BARROS LA SECRETARIA
MARZOLAYDE CHACON
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.
MARZOLAYDE CHACON
Exp.19017-03